Oficina de Planificación
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Tutorías de asignatura
Orientación y tutoría de asignatura
El estudiantado será asistido y orientado, individualmente, en el proceso de aprendizaje de cada materia o asignatura de su plan de estudios mediante tutorías desarrolladas a lo largo del curso académico, según establece el artículo 21 del Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario, es decir, desde la fecha de inicio hasta la de finalización del curso conforme al calendario académico, con la exclusión de los periodos vacacionales reconocidos al profesorado como empleado público.
Las actividades de tutoría deberán adaptarse a las necesidades del estudiantado con discapacidad, procediendo los departamentos, bajo la coordinación y supervisión de la Unidad de Igualdad e Inclusión, a las adaptaciones metodológicas precisas y, en su caso, al establecimiento de tutorías específicas en función de sus necesidades. Las tutorías se realizarán en lugares accesibles para personas con discapacidad.
Obligación de tutorías del profesorado
En la siguiente relación se detallan las horas semanales de tutoría que han de realizar el profesorado de los diferentes cuerpos docentes universitarios y modalidades contractuales:
Profesorado con dedicación a tiempo completo
- Funcionarias/os de los cuerpos docentes universitarios y funcionarias/os interinos - TC - 6 horas
- Profesorado Contratado Doctor - TC - 6 horas
- Profesorado Colaborador - TC - 6 horas
- Profesorado Permanente Laboral - TC - 6 horas
- Profesorado Ayudante Doctor - TC - 6 horas
- Profesorado Contratado Interino - TC - 6 horas
- Profesorado con Contrato de Sustitución - TC - 6 horas
- Profesorado Sustituto - TC - 6 horas
Profesorado con dedicación a tiempo parcial
Las horas de tutoría del profesorado asociado serán iguales a las horas de dedicación según su contrato. El mismo criterio se aplicará al resto del profesorado de los cuerpos y modalidades contractuales que tenga una dedicación a tiempo parcial.
Gestión y seguimiento de las tutorías
Corresponde a los Departamentos velar por el cumplimiento de las tutorías del profesorado adscrito a los mismos de acuerdo con los planes de estudio y la programación docente de las enseñanzas en las que imparte docencia, tal como señala el artículo 21.2 del citado Real Decreto 1791/2010. Por su parte, los Estatutos de la Universidad de La Rioja atribuyen a los Departamentos (artículo 20.c) la función de velar por el cumplimiento de las obligaciones docentes desarrolladas por el profesorado adscrito al Departamento, así como participar, de acuerdo con las directrices generales establecidas por el Consejo de Gobierno, en la evaluación de la labor docente de dicho profesorado. Por tanto, reside en los Departamentos el proceso de gestión, publicación y seguimiento de las tutorías del profesorado.
Sin perjuicio del procedimiento establecido por el Departamento, la gestión de las tutorías deberá realizarse a través de la aplicación informática web diseñada a tal fin, que garantizará la publicación automática de las tutorías no sólo en la página web de cada Departamento sino también en la de los Centros y Títulos y, fundamentalmente, en las guías docentes, con el fin de garantizar que los estudiantes puedan acceder a las tutorías (art. 21 del Real Decreto 1791/2010). Asimismo, el proceso deberá prever su publicación en el tablón de anuncios del Departamento (art. 10 RD 898/1985). Además, el Departamento podrá establecer otros modos de publicación y difusión, manteniendo un procedimiento uniforme para todo su profesorado.
Publicación de las tutorías
Los Departamentos organizarán el proceso de gestión de tutorías para garantizar que estén publicadas, al menos, cinco días antes del inicio del curso de acuerdo con el calendario académico. De igual manera se deberá actuar antes del inicio del segundo semestre.
El procedimiento establecido por el Departamento deberá garantizar que las tutorías del profesorado se mantengan en todo momento actualizadas y se adapten con la mayor celeridad a las circunstancias que puedan producirse durante el curso: ausencias, bajas… con el fin de ofrecer una información veraz al estudiante.
Altas y bajas de gestores de departamentos
La Dirección del Departamento podrá solicitar altas y bajas de las personas usuarias del Departamento con permisos de gestor de la aplicación informática de gestión de tutorías mediante correo electrónico dirigido a la opp@unirioja.es. Si el correo no se remite directamente por la Dirección del Departamento deberá quedar constancia en el mismo de que la petición se realiza por indicación suya e incluir a la Dirección en copia.
Normativa aplicable
Instrucciones sobre tutorías de materia o asignatura del profesorado (Vicerrectorado de Profesorado, Planificación e Innovación Docente, 21 de julio de 2014)
Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario
Incidencias relacionadas con la aplicación informática
Todas las incidencias relacionadas con el funcionamiento de la aplicación informática que no puedan ser atendidas por la gestora o el gestor del Departamento se dirigirán a opp@unirioja.es.
Para consultas sobre el proceso
opp@unirioja.es
941 299 119