Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Oficina del Estudiante

Convocatorias y Permanencia

Convocatorias

Los estudiantes disponen de 2 convocatorias, una ordinaria y otra extraordinaria, por curso académico y asignatura.

Para superar las asignaturas, los estudiantes dispondrán de un total de:

  • 6 convocatorias por asignatura de Grado.
  • 4 convocatorias por asignatura de Máster
  • 2 convocatorias en TFG o TFM
  • Posibilidad de solicitar una 1 convocatoria excepcional (salvo en TFG o TFM)
Convocatoria excepcional:

Si se agotan las 6 convocatorias de Grado o las 4 de Máster, los estudiantes pueden solicitar al Rector la concesión de una convocatoria excepcional. Esto no se aplica al TFG o al TFM.

¿Cómo solicitar la convocatoria excepcional?

  • Solo puede solicitarse una única vez por asignatura.
  • Plazo de solicitud: A lo largo de todo el curso académico
  • Presentación presencial en la Oficina del Estudiante (edificio Quintiliano, C/ La Cigüeña 60, 26004 Logroño), o a través de la sede electrónica, adjuntando el impreso de solicitud mediante una instancia general.

Años para finalizar los estudios

Dedicación

Grado:

Tiempo completo (TC) - 7 años
Tempo parcial (TP) - 11 años

Dobles Grados y simultaneidad:

Tiempo completo (TC) - 9 años

Máster 60 ECTS:

Tiempo completo (TC) - 2 años
Tempo parcial (TP) - 3 años

Máster 90 ECTS:

Tiempo completo (TC) - 3 años
Tempo parcial (TP) - 5 años

Periodos combinados

Grado:

1 año TC + Resto TP - 10 años
2 años TC + Resto TP - 9 años
3-5 años TC + Resto TP - 8 años

Nota: Esta tabla no se aplicará a los estudiantes que les queden 36 ECTS o menos para finalizar sus estudios.

Máster 60 ECTS:

Todos - 3 años

Máster 90 ECTS:

Todos - 5 años

Para la aplicación de estas tablas a los estudiantes con reconocimiento de créditos por otros estudios universitarios iniciados con anterioridad, se les computarán los créditos reconocidos conforme las siguientes equivalencias.

  • 60 ECTS reconocidos equivalen a 1 año de permanencia a TC
  • Bloques de 30 ECTS reconocidos equivalen a 1 año de permanencia a TP
  • Fracciones inferiores a 30 ECTS no se tienen en cuenta para este cómputo.

Rendimiento académico mínimo exigido

Años de matrícula y dedicación:

Grado:

  • Primer año de matrícula: Todos- Mín. 6 ECTS aprobados
  • Segundo año de matrícula:
    • 2 años Tiempo Completo (TC) - Mín. 30 ECTS aprobados
    • 2 años Tempo Parcial (TP) - Mín. 18 ECTS aprobados
    • 1 año TC + 1 año TP - Mín. 24 ECTS aprobados
  • Tercer año de matrícula:
    • 3 años TC - Mín. 60 ECTS aprobados
    • 3 años TP - Mín. 36 ECTS aprobados
    • Combinaciones TC y TP - Mín. 48 ECTS aprobados

Dobles Grados y simultaneidad:

  • Primer año de matrícula: Todos - Mín. 30 ECTS aprobados
  • Segundo año de matrícula: - 2 años Tiempo Completo (TC) - Mín. 66 ECTS aprobados

Máster:

  • Primer año de matrícula: Todos - Mín. 6 ECTS aprobados

Para la aplicación de estas tablas:

  • Los créditos reconocidos NO computan como créditos aprobados.
  • Los créditos mínimos que se exigen aprobar, serán de aplicación con independencia de que el estudiante haya estado matriculado o no con anterioridad en otro u otros estudios universitarios.

Estudiantes con discapacidad y situaciones excepcionales

La universidad promoverá la efectiva adecuación de las normas de permanencia a las necesidades de los estudiantes con discapacidad mediante la valoración de cada caso concreto y la adopción de las medidas específicas adecuadas.

Velará por la aplicación flexible y equitativa de estas normas cuando  se presenten situaciones sobrevenidas o circunstancias extraordinarias que puedan influir en el rendimiento de los estudiantes.

Para ello, la Comisión de Permanencia valorará cada caso concreto y adoptará las medidas que resulten pertinentes.

Permanencia

Se denomina “permanencia” a las normas que regulan el rendimiento de los estudiantes en la Universidad, de acuerdo con las características de sus respectivos estudios y unos determinados requisitos.

Incumplimiento de los requisitos de permanencia

El incumplimiento de los requisitos de permanencia determinará la imposibilidad de finalizar los estudios iniciados. En el caso de los estudiantes que estén cursando dobles grados o simultaneando estudios, estos tendrán que optar por uno solo de los estudios iniciados.

Ante esta situación, los estudiantes tienen distintas opciones:

  • Solicitar admisión en otros estudios:
  • Retomar los estudios después de haber permanecido sin matricularse en ellos durante dos años académicos. Para ello será necesaria la previa solicitud de admisión.
  • Solicitar a la Comisión de Permanencia autorización para poder continuar con los estudios iniciados, por razones de enfermedad grave, simultaneidad de trabajo y estudio, maternidad, etc.

Solicitud para continuar estudios

Los estudiantes que deseen solicitar a la Comisión de Permanencia autorización para continuar sus estudios iniciados, deberán cumplimentar la correspondiente solicitud en los plazos aprobados por la Comisión Académica de la Universidad.

Cuando la Comisión de Permanencia autorice continuar con los mismos estudios, los estudiantes podrán matricularse en el plazo que se indique en la correspondiente resolución. 

Plazos de solicitud
  • Estudiantes de Grado: 24 al 31 de julio de 2023
  • Estudiantes de Máster: 1 al 7 de septiembre de 2023 
Solicitud de permanencia y documentación

Grado: Solicitud de permanencia

Máster: Solicitud de permanencia (presentada a través de sede electrónica)

En ambos casos, junto con la solicitud deberá adjuntarse en PDF la documentación que el estudiante considere necesaria para justificar los motivos por los cuales no se ha podido cumplir con los requisitos de permanencia exigidos.

Para que la solicitud de permanencia pueda ser tramitada, es imprescindible que se presente dentro del plazo establecido y se resolverá en función de los datos indicados en la misma. No obstante, estará condicionada a la comprobación de la veracidad de dichos datos.

Declaración responsable: El estudiante manifiesta bajo su responsabilidad que dispone de la documentación original acreditativa, y que la pondrá a disposición de la universidad cuando esta se lo requiera (más información).

Comisión de Permanencia

Las resoluciones y acuerdos de la Comisión de Permanencia se publican en el tablón oficial electrónico de la Universidad de La Rioja. Esta publicación tiene carácter de notificación a los interesados.

Los estudiantes a los que la Comisión de Permanencia autorice para continuar los mismos estudios, deberán matricularse en el plazo que se indique en la correspondiente resolución.

Presentación: En la Oficina del Estudiante o enviar por correo electrónico a oficinaestudiante@unirioja.es indicando explícitamente que es una matrícula por permanencia.

Composición de la comisión:

Presidente:

Vicerrector de Estudiantes


Secretario:

Director del Área Académica y de Coordinación

Vocales:

  • Secretario Consejo Social
  • Decanos de Facultades y Directores de Centros
  • El representante de los estudiantes en el Consejo Social
  • Un estudiante elegido por el Consejo de Estudiantes

Funciones de la comisión

  • Seguimiento de la implantación de las normas de permanencia y sus resultados
  • Resolver de manera individualizada las solicitudes de permanencia de los estudiantes que no cumplan con los requisitos establecidos en la normativa
  • Proponer, si lo estima oportuno, la reforma de la normativa.
  • Resolver cuantas cuestiones surjan de la aplicación e interpretación de la normativa de permanencia, así como dictar las disposiciones que sean precisas para su desarrollo.