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Oficina del Estudiante

Evaluación por compensación

Qué es la evaluación por compensación curricular

Es un sistema de evaluación extraordinario, que permite finalizar los estudios a pesar de no haber superado la totalidad de los créditos de la titulación. Para ello se valora, de forma global, la trayectoria académica y la labor realizada por el estudiante.

Requisitos

Los estudiantes que lo soliciten deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener expediente abierto en los estudios de Grado de la asignatura para la que se solicita la evaluación por compensación.
  • Haber cursado en la Universidad de La Rioja al menos el 50% de la carga lectiva de la titulación a la cual pertenezca la asignatura objeto de evaluación por compensación.
  • Solo para asignaturas de hasta 12 ECTS, de formación básica y obligatoria.
  • Los estudiantes de Grado en Ingeniería Agrícola podrán solicitarla también para las optativas obligatorias de la mención.
  • Haberse presentado como mínimo a tres convocatorias de la asignatura.
  • Al menos tres de las convocatorias de la asignatura deberán tener una calificación superior a cero.
  • Que en alguna de las convocatorias presentadas se hubiera obtenido una calificación igual o superior a 3.
  • Que en el momento de solicitar la evaluación por compensación solo reste una asignatura para finalizar los estudios de la titulación correspondiente. Para este cómputo no se tendrán en cuenta ni el Trabajo Fin de Grado ni las prácticas curriculares.
  • No haber sido desestimada anteriormente la solicitud de evaluación por compensación de la misma asignatura.
  • No haber sido sancionado mediante resolución firme por la realización fraudulenta de alguna de las pruebas de evaluación de la asignatura para la que se solicita la evaluación por compensación.

Solicitud

Plazo: 10 días hábiles a partir de la fecha de entrega de actas de cada convocatoria del curso académico o desde la desestimación de la reclamación presentada en su caso.

Curso académico 2023-2024

  • Primer semestre: 25 de enero - 7 de febrero de 2024
  • Convocatoria extraordinaria 1er. semestre: 20 de febrero - 4 de marzo de 2024
  • Segundo semestre: 20 de junio - 3 de julio de 2024
  • Convocatoria extraordinaria - 2º semestre: 12 de julio - 25 de julio de 2024

Procedimiento y resolución

La Comisión Académica del Centro será la competente para resolver las solicitudes que cumplan con los requisitos establecidos en el apartado 2.

La resolución de las solicitudes se ajustará a la siguiente fórmula: EC= NM*0,70+CAP*0,30

  • EC: evaluación por compensación.
  • NM: Nota media de las asignaturas básicas y obligatorias.
    Para los estudiantes del Grado en Ingeniería Agrícola también se tendrá en cuenta las optativas obligatorias de la mención.
    La nota media se calculará conforme al RD 1125/2003 redondeada a dos decimales.
  • CAP: Calificación de la asignatura pendiente. Será el mayor valor de entre los siguientes redondeado a dos decimales:
    • media aritmética de todas las convocatorias presentadas.
    • nota de la última convocatoria de la asignatura a compensar.

Si el valor del índice EC es igual o superior a 5, la Comisión Académica del Centro procederá a acordar la compensación curricular de la asignatura.

No obstante lo anterior, la Comisión Académica del Centro podrá desestimar la compensación si se constata un incumplimiento de los requerimientos de la memoria del plan de estudios. En este último supuesto el acuerdo de la Comisión será motivado.

Si el valor del índice EC fuera menor de 5 no será posible acordar esta compensación.

El plazo máximo de resolución será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes (a estos efectos el mes de agosto se considerará inhábil).

La resolución se notificará por medios electrónicos conforme al Reglamento de administración eletrónica.

Efectos académicos

El aprobado por compensación equivaldrá a la nota numérica 5 y aparecerá en el acta correspondiente con la calificación de "Aprobado por compensación".

La asignatura aprobada por evaluación de compensación curricular no podrá ser objeto de reconocimiento en otra titulación.

Denegada la evaluación por compensación de una asignatura, esta no se podrá volver a solicitar.

Contra el acuerdo de la Comisión Académica del Centro se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes.