Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Máster en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas

Justificación y referentes

La aprobación de La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), que establece en sus:

  • Artículo 100.2: que para ejercer la docencia, será necesario estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica que el Gobierno establezca.
  • Artículos del 94 al 98: la formación pedagógica y didáctica habrá de ser de nivel de postgrado.
  • Artículo 100.4: se adaptará al sistema de grados y postgrados del Espacio Europeo de Educación Superior. (Real Decreto 1393/2007, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias).

La Orden ECI/3858/2007 de 27 de diciembre de 2007, fija los requisitos para la verificación de los Títulos Universitarios Oficiales para las profesiones de Profesores de Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, estableciendo:

  • Denominación del Máster (apartado 1.1)
  • Competencias que los estudiantes deben adquirir (apartado 3.)
  • Condiciones de acceso al Máster (apartado 4.2.)
  • Planificación de las enseñanzas, con el plan de estudios distribuido en módulos (apartado 5 y anexo).

El Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato, la Formación Profesional y las Enseñanzas del Régimen Especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de Enseñanza Secundaria. Determinan los requisitos para el ejercicio de la profesión regulada de Profesor de Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, por lo que se plantea la necesidad en nuestra Universidad de diseñar el correspondiente Máster de Profesorado, para cubrir al menos las necesidades iniciales de formación pedagógica y didáctica en la Comunidad de La Rioja del futuro Profesorado de Educación Secundaria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas. Para asegurar la calidad de esta oferta educativa se ha de llevar a cabo una importante tarea de acuerdo y coordinación entre las diferentes instancias de la universidad implicadas en estos estudios (Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado, Vicerrectorado de Planificación y Calidad, Facultades, Departamentos)  junto con la Consejería de Educación del Gobierno de La Rioja y con los centros de Secundaria.

Pretendemos que el Máster que presentamos se inscriba en el marco apropiado para adecuar nuestra oferta a las necesidades de formación inicial de los graduados universitarios que pretendan acceder a la profesión docente en Educación Secundaria.

Queremos conseguir un modelo de formación para los profesionales de la docencia en Educación Secundaria que tenga como referencia las directrices elaboradas por el MEC, que se enmarcan en las orientaciones del Espacio Europeo de Educación Superior.  La Comisión de Plan de Estudios del Máster en Profesorado elaboró la memoria para  la solicitud de verificación de dicho Máster, de acuerdo con la normativa legal anteriormente citada y siguiendo las instrucciones de ANECA para facilitar y homogeneizar esta tarea.

¡INSCRíBETE!

Formulario de consulta

FOLLETO INFORMATIVO EN PDF

COMPARTIR