Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Admisión a Máster

Criterios de adjudicación de plazas en Máster

Cuando el número de solicitudes de admisión que cumplan los requisitos establecidos sea superior al número de plazas de nuevo ingreso ofertadas, la Comisión Académica del Máster adjudicará las plazas siguiendo los siguientes criterios:

Criterios generales

En caso de que en la memoria del Máster no se prevean criterios específicos de valoración, la Comisión académica responsable del máster definirá y hará públicos los criterios específicos de valoración que, en cualquier caso, tendrán en cuenta los siguientes criterios generales:

a) Con carácter general se adjudicarán las plazas disponibles de acuerdo con la nota media del expediente correspondiente al título que dé acceso al Máster.
La nota media será la que conste en el certificado aportado en plazo de admisión de solicitudes, tanto si se han completado los estudios de acceso como si no.

b) La calificación media del expediente se podrá ponderar en función del grado de afinidad académica del título que dé acceso al Máster.

c) Se podrán incorporar otros criterios que favorezcan a los solicitantes que estén en posesión de más de un título universitario, que hayan obtenido un reconocimiento a su expediente académico, que tengan experiencia en actividades de iniciación a la investigación o experiencia profesional relacionada con la titulación u otros.

Criterios específicos

Complementos de formación

La Comisión Académica del máster, una vez admitida la preinscripción y estudiado el currículum que aporte el estudiante, establecerá en su caso, la necesidad de cursar complementos de formación en función de las tituaciones de acceso.

Las listas de admitidos en estudios de Máster incluirán los complementos de formación que son necesarios cursar.