PERMANENCIA EN LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO REGULADOS POR EL REAL DECRETO 99/2011
1. Número máximo de años de permanencia en los estudios de Doctorado
2. Evaluación anual y permanencia
3. Baja temporal en los programas de doctorado
4. Qué ocurre si no cumplo los requisitos de permanencia
5. Cómo se realiza la solicitud de permanencia
6. Plazo para solicitar la permanencia
7. Normativa
1. Número máximo de años de permanencia en los estudios oficiales de Doctorado
Se denomina "Permanencia" a las normas que regulan el rendimiento de los estudiantes en la universidad, de acuerdo con las características de sus respectivos estudios y unos determinados requisitos.
El número máximo de años de permanencia en los estudios de Doctorado será de tres años, a tiempo completo, a contar desde la admisión del doctorando al programa hasta la presentación de la tesis. Si transcurrido el citado plazo de tres años no se hubiera presentado la solicitud de depósito de la tesis, la Comisión Académica responsable del programa podrá autorizar la prórroga de este plazo por un año más.
El número máximo de años de permanencia en los estudios de Doctorado en la modalidad de dedicación a tiempo parcial será de cinco años a contar desde la admisión del doctorando al programa hasta la presentación de la tesis. Si transcurrido el citado plazo no se hubiera presentado la solicitud e depósito de la tesis, la Comisión Académica podrá autorizar una prórroga de dos años más.
Excepcionalmente, en casos debidamente justificados, el Comité de Dirección de Doctorado de la Universidad de La Rioja podrá conceder un año adicional de prórroga en las condiciones que se hayan establecido en el correspondiente programa de doctorado.
A los efectos del cómputo del período anterior, no se tendrán en cuenta las bajas por enfermedad, embarazo o cualquier otra causa prevista en la normativa vigente.
Cuando se combinen periodos de estudio a tiempo parcial con periodos de estudio a tiempo completo, el cómputo de la duración de los estudios se realizará teniendo en cuenta las anualidades que el doctorando haya estado en cada una de las modalidades. (ver Instrucciones del Comité de Dirección de Doctorado para el cómputo de la duración de los estudios de Doctorado en el caso de cambio de modalidad de estudios).
2. Evaluación anual y permanencia
Quienes se matriculen en un programa de doctorado regulado por el Real Decreto 99/2011 han de superar una evaluación anual de la actividad desarrollada.
Aquellos estudiantes que no superen la evaluación anual dispondrán de un nuevo plazo de seis meses para la presentación de un nuevo plan de investigación. En caso de volver a obtener calificación negativa, deberán abandonar sus estudios en el programa de doctorado iniciado.
3. Baja temporal en los programas de doctorado
El doctorando podrá solicitar su baja temporal en el programa por un período máximo de un año, ampliable hasta un año más. Dicha solicitud deberá ser dirigida y justificada ante la Comisión Académica responsable del programa, que se pronunciará sobre la procedencia de acceder a lo solicitado por el doctorando.
4. Qué ocurre si no cumplo los requisitos de permanencia
Aquellos estudiantes que no cumplan los requisitos de permanencia exigidos, detallados anteriormente, y deseen continuar el programa de doctorado iniciado, podrán solicitar al Comité de Dirección de Doctorado autorización para volver a matricularse en el mismo programa.
5. Cómo se realiza la solicitud de permanencia.
Los estudiantes que deseen continuar sus estudios y no cumplan esta normativa de permanencia deberán cumplimentar la solicitud de permanencia a través de la sede electrónica de esta universidad dentro del plazo de presentación de solicitudes.
6. Plazo para solicitar la permanencia
Solicitud de permanencia en doctorado. |
Solicitudes de prórroga, abandono voluntario y baja temporal |
A lo largo del año académico, dependiendo de la fecha en la que cada doctorando cumple su permanencia, que empieza a computar desde la fecha de su primera matrícula en el programa de doctorado. |
Oficina del Estudiante
oficinaestudiante@unirioja.es
Última modificación:
02-11-2021 12:55
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