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Anulación de matrícula de Doctorado
La anulación de la matrícula de un estudiante podrá producirse bien a petición propia o por parte de la Universidad de La Rioja.
La anulación de matrícula supone el cese de los efectos académicos de la matrícula realizada con la consiguiente pérdida de los derechos de evaluación y la obligación de satisfacer los precios públicos, salvo que proceda su devolución en los términos previstos en esta normativa. En todo caso deberán satisfacerse las tarifas por servicios.
Anulación de matrícula a petición del estudiante
- Plazo general: Hasta 15 de noviembre de 2025
Los estudiantes interesados en solicitar la anulación de su matrícula deben solicitarlo dentro del plazo establecido a través de la sede electrónica de la Universidad de La Rioja, utilizando el procedimiento "Anulación de matrícula" y adjuntando, en su caso, la documentación acreditativa del motivo alegado.
Durante el plazo general, los doctorandos podrán solicitar la anulación de la matrícula sin necesidad de justificación previa. En este caso, el estudiante tendrá derecho a la devolución de los precios académicos abonados (no así a la devolución de las tarifas por servicios).
Además, los doctorandos de nuevo ingreso que se matriculen una vez iniciado el curso, podrán solicitar la anulación de la matrícula en el plazo de 5 días hábiles desde el siguiente a la formalización de la matrícula. También tendrá derecho a la devolución de los precios académicos abonados (no así a la devolución de las tarifas por servicios).
Los estudiantes podrán solicitar la anulación de matrícula por admisión otra universidad o en otros estudios oficiales de educación superior hasta el 15 de noviembre de 2025 aportando la documentación justificativa. En este caso, el estudiante tendrá derecho a la devolución de los precios académicos abonados (no así a la devolución de las tarifas por servicios).
Los doctorandos podrán solicitar la anulación total de matrícula por una causa sobrevenida debidamente justificada. En este supuesto, la anulación llevará consigo la obligatoriedad de abonar los precios públicos correspondientes. Las solicitudes deberán ir acompañadas de un justificante que acredite suficientemente la circunstancia alegada.
Cuando se trate de estudiantes de nuevo ingreso, la anulación total de matrícula conllevará la obligación de solicitar nuevamente admisión si en el futuro desea volver a reiniciar los mismos estudios.
- Las tarifas por servicios no serán objeto de devolución.
Anulación de matrícula por la Universidad
La validez de la matrícula estará condicionada a la revisión de la documentación aportada y a la acreditación del cumplimento de los requisitos exigidos en la normativa aplicable. La universidad podrá anular una matrícula por incumplimiento de requisitos académicos o por impago de los precios correspondientes a cualquiera de los recibos emitidos. Comprobado el impago total o parcial de los precios, tras haberle sido requerido éste mediante notificación, la matrícula será anulada de oficio, dictándose la correspondiente resolución.
Esta anulación conllevará la imposibilidad de volver a matricularse en el curso siguiente, y en el caso de doctorandos de nuevo ingreso, la obligación de solicitar nuevamente admisión si se desea volver a iniciar los mismos estudios.
La prestación del servicio ofrecido por la universidad al doctorando quedará interrumpida cuando se produzca la anulación por impago, por lo que éste no podrá continuar los estudios iniciados, ni ser evaluado.
La anulación por falta de pago del importe total o parcial de la matrícula supondrá la pérdida de las cantidades que se hubieran ingresado y la obligación de abonar los importes adeudados si el doctorando quiere volver a matricularse en el futuro en cualquier estudio impartido en la Universidad de La Rioja.
Cuando los doctorandos tuvieran pagos pendientes de satisfacer, la universidad denegará la expedición de títulos y certificados en la titulación a la que corresponda la deuda.
No se admitirá el pago de los precios académicos no abonados en el mismo curso en el que se produce la anulación, salvo causas debidamente justificadas