Guías docentes

Definición y contenido de la guía docente

La Guía docente es el documento en el que se describe la asignatura y se detallan sus elementos curriculares. Recoge la información contenida en la ficha y añade otra útil para el desarrollo de la actividad docente: resultados de aprendizaje, temario de la asignatura, actividades formativas, sistemas de evaluación, bibliografía básica, profesorado previsto para impartirla...

Contenido de la guía docente

  • Descripción general de la asignatura, con indicación del número de créditos ECTS, grado de presencialidad, carácter, semestre e idiomas en los que se imparte.
  • Departamento y profesor responsable.
  • Profesorado previsto para impartirla.
  • Descripción de contenidos.
  • Contextualización de la asignatura en el marco de la materia, módulo y titulación.
  • Requisitos previos, si los hubiera.
  • Resultados de aprendizaje (conocimientos o contenidos, competencias y habilidades o destrezas) que se deben alcanzar para la superación de la asignatura.
  • Temario de la asignatura y bibliografía básica comentada.
  • Actividades formativas y metodologías docentes a aplicar para alcanzar los resultados de aprendizaje previstos.
  • Descripción de las actividades formativas con detalle de la dedicación prevista en horas.
  • Sistemas de evaluación dirigidos a valorar el progreso académico del estudiante, cuantificando adecuadamente el peso o porcentaje que cada uno de los sistemas tendrá en la calificación final de la asignatura, así como el carácter recuperable o no de estos.
  • Criterios críticos para poder superar la asignatura, si los hubiera.

Personas y órganos que intervienen en su elaboración y aprobación

El profesorado responsable de la asignatura, en colaboración con el conjunto de profesores con docencia en la misma, será el encargado de elaborar la guía docente y proponerla al centro responsable de la titulación para su aprobación. Para ello deberá atenerse a lo dispuesto en la memoria del título y a lo desarrollado en el plan docente del título a través de la estructura de la titulación y la ficha de asignatura. En el caso de implantación de nuevas titulaciones asumirá dicha tarea el departamento responsable de la asignatura en colaboración con el resto de departamentos implicados en la docencia, que habrán de ser consultados.

La coordinación de los trabajos de elaboración de las guías docentes correspondientes a un título es responsabilidad del director de estudios del título. Éste comprobará la coherencia de lo establecido en el conjunto de guías docentes con la memoria del título y su ajuste a la estructura de la titulación y a las fichas de asignatura aprobadas en el marco del plan docente. En el caso de implantación de nuevas titulaciones asumirá esta tarea la comisión del plan de estudios hasta el nombramiento del director de estudios.

La guía docente de la asignatura será aprobada por la comisión académica del centro, para los títulos de grado, y por la Comisión Académica de Máster de la EMYDUR, para los títulos de máster universitario. La comisión académica responsable de la titulación velará por la adecuación de las guías a lo establecido en la documentación oficial del título y en el Reglamento de docencia y evaluación. A tal fin, en caso de que la comisión considere que estas premisas no se cumplen, podrá pedir aclaraciones o modificaciones al profesor responsable.

Elaboración y publicación de las guías docentes

Las guías docentes se introducirán en la aplicación informática de Guías Docentes por los profesores responsables de las asignaturas.

Finalizada la introducción de las guías docentes en la aplicación informática por los profesores responsables, se cerrará la posibilidad de edición para que los Directores de Estudios puedan revisarlas. Finalizada la revisión, el Director de Estudios podrá solicitar a la Oficina de Planificación la apertura de la edición de aquellas asignaturas que deban ser corregidas o modificadas por los profesores responsables y lo comunicará a éstos.

Una vez terminada la revisión y corrección de las guías docentes se volverá a cerrar la posibilidad de edición para que puedan ser informadas y aprobadas por la comisión académica responsable de la titulación. Tras el acuerdo de aprobación, el Director de Estudios podrá solicitar a la Oficina de Planificación, por correo electrónico, la apertura de la edición de aquellas guías que deban ser corregidas o modificadas por el centro.

Tras su aprobación y una vez realizada la última revisión y, en su caso, corrección, se cerrará definitivamente la posibilidad de edición de las guías docentes para que la Oficina del Estudiante realice los trabajos necesarios para la publicación de las guías docentes en la página web. Las guías docentes deberán ser publicadas en la web de la universidad antes de la apertura del periodo ordinario de matrícula de cada curso académico.

Las guías docentes de los planes de estudios conjuntos (interuniversitarios) sólo se actualizarán en la aplicación informática cuando la Universidad de La Rioja sea responsable del título. En caso contrario, las guías docentes se publicarán en la página web de la Universidad responsable y, en la página de la Universidad de La Rioja correspondiente a los estudios afectados, se publicará el catálogo de asignaturas y un enlace a la página web de la Universidad responsable.

En los casos de titulaciones cuya memoria haya sido modificada y enviada a verificar, se deberán adaptar las guías docentes a las modificaciones planteadas, sin perjuicio de las adaptaciones posteriores que sean necesarias en función del resultado de la verificación.

Al editar los campos de texto de la aplicación informática «Guías Docentes», se debe evitar, tanto como sea posible, el uso de formatos. Cuando se incorpore texto desde el portapapeles, se recomienda utilizar el botón «Pegar texto plano» o utilizar el botón «Borrar formatos» para limpiar el texto.

Si durante el proceso de planificación se realiza alguna modificación en el apartado de la Guía Docente: Requisitos previos de conocimientos y competencias para poder cursar con éxito la asignatura que afecte a restricciones en los procesos de matriculación, antes de su aprobación por el Centro, deberá comunicarse al Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado a efectos de obtener la autorización oportuna. Posteriormente, si finalmente se incorpora a la Guía Docente, el Centro deberá comunicarlo mediante correo electrónico a la Dirección del Área Académica y de Coordinación, para que ésta realice el ajuste oportuno en la aplicación Universitas XXI.