El pasado 2 de octubre, el sindicato CSI-CSIF presentó una demanda que fue admitida a trámite con fecha 4 de octubre de 2007. La sentencia fue dictada el 18 de octubre de 2007 y se hizo firme el 31 de octubre de este mismo año. Contra ella no cabe apelación.
El objeto de la demanda instada por el sindicato CSI-CSIF era la tutela de los derechos fundamentales de libertad sindical, pero la resolución judicial concluye «la inexistencia de actuaciones arbitrarias o discriminatorias de la Universidad demandada con el sindicato accionante» (CSI-CSIF).
El sindicato CSI-CSIF obtuvo 2 representantes en la Junta de Personal del Personal Docente e Investigador (PDI) funcionario, en abril de 2005 y otros 2 en el Comité de Empresa del PDI laboral, en mayo de 2007. La sección sindical de CSI-CSIF se constituyó el 24 de mayo de 2007.
La sentencia considera «cierto y averiguado» que hasta que se firme un nuevo acuerdo de regulación de derechos sindicales a suscribir por todos los sindicatos con representación en la Universidad de La Rioja -el vigente fue firmado el 20 de diciembre de 2002 con las centrales sindicales UGT y CC OO-, «en el momento actual, se está aplicando a todos ellos sin distinción», según lo acordado en una «reunión celebrada el 21 de junio de 2007».
En este sentido la resolución judicial reconoce que el representante de CSI-CSIF desde 2005 «ha disfrutado de los créditos docentes correspondientes a disfrute de horas sindicales (…) que el sindicato cuenta con dirección de correo electrónico facilitado por la UR y así mismo dispone de ordenador portátil para el ejercicio de la actividad sindical (…) Partida presupuestaria para este año de 7.000 euros de la que disponen y se reparten los propios sindicatos en proporción a su representatividad» .