Cronogramas

Definición

El cronograma de la asignatura sirve para establecer, de una manera orientativa, la distribución temporal de las actividades formativas y de evaluación previstas en la guía docente. El cronograma debe incluir, al menos, un calendario de las fechas en las que se prevé la realización de las diferentes pruebas de evaluación, así como su descripción.

Personas y órganos que intervienen en su elaboración y aprobación

El profesorado responsable de la asignatura, en colaboración con el conjunto de profesores con docencia en la misma, será el encargado de elaborar el cronograma y proponerlo al centro responsable de la titulación para su aprobación. Para ello deberá atenerse a lo dispuesto en la memoria del título y a lo desarrollado en el plan docente del título a través la estructura de la titulación, la ficha y la guía docente de la asignatura.

La coordinación de los trabajos de elaboración de los cronogramas de las asignaturas correspondientes a un título es responsabilidad del director de estudios del título. Éste comprobará la adecuación de la carga de trabajo prevista en los cronogramas al número de créditos establecido y la correcta distribución temporal de la carga global de trabajo del alumno, así como la debida coherencia con los documentos precedentes del plan docente.

El cronograma de actividades será aprobado por la comisión académica del centro, para los títulos de grado, y por la Comisión Académica de Máster de la EMYDUR, para los títulos de máster universitario. La comisión académica responsable de la titulación velará por que los cronogramas permitan una distribución temporal coherente del trabajo del estudiante. A tal fin, en caso de que la comisión considere que estas premisas no se cumplen, podrá pedir aclaraciones o modificaciones al profesor responsable.

Elaboración y publicación de los cronogramas

El cronograma se elabora a partir de la guía docente de la asignatura y de los documentos del plan docente que lo preceden (memoria de verificación, estructura de la titulación y ficha de la asignatura). Tiene una periodicidad anual y su contenido puede ser reajustado y modificado en la programación de cada año, siempre respetando la coherencia con los documentos precedentes del plan docente.

La distribución temporal de las actividades formativas y de evaluación recogida en el cronograma podrá variar entre grupos de una misma asignatura y se puede ir ajustando a lo largo del curso. No obstante, la modificación de las fechas previstas para realizar las pruebas de evaluación no recuperable deberá anunciarse en el aula virtual de la asignatura con una antelación de, al menos, siete días naturales.

Los cronogramas se elaborarán en la aplicación informática de Cronogramas (Guías Docentes) por los profesores responsables de las asignaturas. Los cronogramas de asignaturas deberán ser publicados en el aula virtual u otro espacio que la universidad determine antes de que la asignatura comience a impartirse.