La Junta de Gobierno de la Universidad de La Rioja acordó, en sesión de 16 de octubre de 1997, aprobar el primer Reglamento Electoral General de la Universidad de La Rioja, modificado parcialmente en sesión de 15 de mayo de 2000. Asimismo, la Universidad de la Rioja cuenta con diferentes normativas específicas para cada uno de los procesos electorales a órganos de gobierno y representación de ámbito general y particular, adaptadas al marco establecido por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades que afectan parcialmente a la vigencia del referido Reglamento Electoral General.
El presente texto normativo tiene la vocación de aunar en un único documento las referidas normativas electorales de la Universidad de la Rioja. De la misma forma, se pretende clarificar el régimen jurídico vigente en materia electoral estableciendo unas disposiciones comunes a los procesos electorales contemplados en este reglamento y abordando las especificidades, en su caso, de cada uno de ellos. En virtud de lo expuesto, y al amparo de las competencias atribuidas en el artículo 47.28 de los Estatutos de la Universidad de la Rioja al Consejo de Gobierno, se aprueba el Reglamento Electoral General en los términos siguientes.