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ARTÍCULO 28 - PERMISOS Y LICENCIAS
El personal docente e investigador
contratado tendrá derecho a disfrutar de los
permisos retribuidos y licencias de la jornada en los
supuestos que se detallarán a continuación.
Las referencias hechas a cónyuges
serán extensivas a la situación
que deriva de la inscripción en el Registro de
Uniones de Hecho o constancia notarial.
En ningún caso la concesión del permiso
o licencia supondrá modificación de la
Relación de Puestos de Trabajo del PDI.
Servicio de Gestión de Personal
y Retribuciones
s.personal@adm.unirioja.es
Última modificación:
29-04-2009 11:56
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