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DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera. En el plazo de un mes a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo se constituirá la Comisión de Interpretación y Seguimiento.
Segunda. El sistema de homogeneización de la jornada y de incentivos a la productividad previstos en el Acuerdo de 17 de diciembre de 2002 permanecerá en vigor hasta la modificación de la vigente Relación de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de La Rioja.
Tercera. Los tipos de jornada previstos en la vigente Relación de Puestos de Trabajo, seguirán siendo de aplicación hasta que se acuerde con los representantes de los trabajadores la modificación de la misma. A tal efecto, se considerarán jornada ordinaria sometida al régimen de horario flexible todas aquellas que no figuran en el Anexo del presente Acuerdo.
Servicio de
Gestión de Personal y Retribuciones
personal@unirioja.es
Última modificación:
08-01-2013 13:31
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