Universidad de La RiojaCampus Iberus    
 
 
Principal Correo-web Directorio Mapa web Contacto
Información para
Estudiantes
Foreign students
Antiguos alumnos
Empresas
Visitantes
PDI/PAS
Información sobre
Universidad de La Rioja
Estudios
Campus Virtual
Investigación
Facultades y Escuelas
Departamentos
Administración y Servicios
Biblioteca
Fundación de la UR
Dialnet
Actualidad
Noticias
Agenda
Congresos y jornadas
Nuevas plazas PDI/PAS
Perfil del contratante
Boletines y publicaciones
Oficina del Estudiante

ESTUDIOS OFICIALES DE DIPLOMATURA, LICENCIATURA, INGENIERÍA TÉCNICA E INGENIERÍA.

CONVOCATORIAS DE EXAMEN Y PERMANENCIA.

1.-CONVOCATORIAS
    1.1.-Régimen de convocatorias
    1.2.-Adelanto de convocatoria
    1.3.-Convocatoria excepcional
    1.4.-Tribunal extraordinario de evaluación en 3ª y 4ª convocatoria
    1.5.-Tribunal de evaluación en 5 ª y 6 ª convocatoria

2.- PERMANENCIA
    2.1.- Rendimiento mínimo para la permanencia
    2.2.- Requisitos exigidos
    2.3.- Procedimiento de solicitud
    2.4.- Resoluciones de permanencia, efectos

Archvo PDF Normativa de Permanencia aprobada por el Consejo Social con fecha 26 de abril de 2006 (BOR 11/05/2006)

1.- CONVOCATORIAS DE EXAMEN

1.1.- Régimen de convocatorias:

    1. Los alumnos dispondrán de 6 convocatorias de examen para superar cada asignatura.
    2. En cada curso académico los estudiantes dispondrán de dos convocatorias de evaluación: la primera al término del correspondiente cuatrimestre y la segunda en julio.
    3. Excepcionalmente, cualquier estudiante podrá solicitar a la Facultad o Escuela en la 3ª y 4ª convocatoria, mediante escrito motivado dirigido al Decano o Director de la Escuela y presentado en registro, la creación de un Tribunal de carácter extraordinario, responsable de la determinación y calificación de su examen. La solicitud deberá efectuarse al menos 30 días hábiles antes del periodo de iniciación de exámenes. El Decano o Director de Escuela estimará o desestimará, en su caso, la creación de dicho Tribunal.
    4. Las evaluaciones de la 5ª y 6ª convocatorias se llevarán a cabo mediante Tribunales constituidos al efecto.
    5. Aquellos estudiantes que para obtener el título tengan pendiente una o dos asignaturas (más el proyecto de fín de carrera en el caso de cualquier Ingeniería) impartida en el 1º o 2º cuatrimestre podrán solicitar al Rector el adelanto de las convocatorias de exámenes oficiales correspondientes a tales asignaturas al mes de noviembre.
    6. Aquellos estudiantes que hayan agotado 6 convocatorias de una asignatura podrán solicitar la concesión de una convocatoria excepcional en escrito dirigido al Rector.
    7. La incomparecencia a examen no agota convocatoria, excepto para aquellos exámenes regulados en los puntos 3, 5 y 6 y todos aquellos cuya realización requiera solicitud expresa por parte de los estudiantes. En estos casos la convocatoria quedará agotada a todos los efectos aunque el alumno no se presente a examen.

1.2.- Adelanto de convocatoria:

    Aquellos estudiantes que para obtener el título tengan pendiente una o dos asignaturas (más el proyecto de fin de carrera en el caso de cualquier Ingeniería) impartidas en el 1º o 2º cuatrimestre podrán solicitar al Rector el adelanto de las convocatorias de exámenes oficiales correspondientes a tales asignaturas al mes de noviembre.

    No se podrán realizar adelantos de convocatoria de asignaturas matriculadas a través del Convenio G9 de Universidades.

Adelanto de convocatoria. Curso 2013-2014

Plazo de solicitud

del 30 de septiembre al 4 de septiembre de 2013

Lugar de presentación

· o en la Oficina del Estudiante (Edificio Quintiliano, C/ La Cigüeña 60, 26004 Logroño)
· o se enviará en pdf a la dirección electrónica oficinaestudiante@unirioja.es antes de las 14 horas del último día de cada plazo de solicitud
· o conforme a lo indicado en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común [en un Registro Oficial, o bien, en una Oficina de Correos S.A., en sobre abierto y para su envío certificado: en los lugares de presentación se estampará un sello en cada uno de los ejemplares de la solicitud; uno será remitido a la Oficina del Estudiante; el otro le será devuelto sellado a modo de documento justificativo de presentación en plazo].

Impreso de solicitud de adelanto de convocatoria

Resolución de solicitudes  

Período de realización de los exámenes


18 al 22 de noviembre de 2013

Fechas y lugares de realización de los exámenes

Consultar la página web de la Facultad o Escuela responsable de cada titulación

Entrega de actas

5 de diciembre de 2013

    La revisión de exámenes se regirá por lo dispuesto en los artículos 20 y siguientes del Estatuto del Estudiante de la Universidad de La Rioja.
    La incomparecencia a los exámenes de la convocatoria de diciembre agotará convocatoria a todos los efectos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.7 de la Normativa de permanencia de estudiantes de la Universidad de La Rioja.

1.3.- Convocatoria excepcional:

    Aquellos estudiantes que hayan agotado 6 convocatorias de examen sin haber superado las correspondientes asignaturas podrán solicitar la concesión de una convocatoria excepcional en escrito dirigido al Rector.

Convocatoria excepcional

Plazo de solicitud:

a lo largo de todo el curso académico.

Lugar de presentación:

· o en la Oficina del Estudiante (Edificio Quintiliano, C/ La Cigüeña 60, 26004 Logroño)
· o se enviará en pdf a la dirección electrónica oficinaestudiante@unirioja.es
· o conforme a lo indicado en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común [en un Registro Oficial, o bien, en una Oficina de Correos S.A., en sobre abierto y para su envío certificado: en los lugares de presentación se estampará un sello en cada uno de los ejemplares de la solicitud; uno será remitido a la Oficina del Estudiante; el otro le será devuelto sellado a modo de documento justificativo de presentación en plazo].

Impreso de solicitud de convocatoria excepcional

    La convocatoria excepcional, en caso de ser concedida, quedará agotada a todos los efectos aunque el estudiante no se presente al examen.

1.4.- Tribunal extraordinario de evaluación en 3ª y 4ª convocatoria:

    Excepcionalmente, cualquier estudiante podrá solicitar a la Facultad o Escuela en la tercera y cuarta convocatoria, mediante escrito motivado dirigido al Decano o Director de la Escuela y presentado en registro, la creación de un Tribunal de carácter extraordinario, responsable de la determinación y calificación de su examen.

Tribunal extraordinario de evaluación en 3ª 4ª convocatoria.

Plazo de solicitud:

al menos treinta días antes del periodo de iniciación de exámenes (ver calendario académico)

Lugar de presentación:

· o en la Oficina del Estudiante (Edificio Quintiliano, C/ La Cigüeña 60, 26004 Logroño)
· o se enviará en pdf a la dirección electrónica oficinaestudiante@unirioja.es antes de las 14 horas del último día de cada plazo de solicitud
· o conforme a lo indicado en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común [en un Registro Oficial, o bien, en una Oficina de Correos S.A., en sobre abierto y para su envío certificado: en los lugares de presentación se estampará un sello en cada uno de los ejemplares de la solicitud; uno será remitido a la Oficina del Estudiante; el otro le será devuelto sellado a modo de documento justificativo de presentación en plazo].

Impreso de solicitud de tribunal en 3ª y 4ª

    El Decano o Director de Escuela estimará o desestimará, en su caso, la creación de dicho Tribunal.

    La convocatoria en caso de ser concedida la evaluación por Tribunal extraordinario en la tercera y cuarta convocatoria, quedará agotada a todos los efectos aunque el estudiante no se presente al examen.

1.5.- Tribunal de evaluación en 5 ª y 6 ª convocatoria:

Las evaluaciones de la 5ª y 6ª convocatorias se llevarán a cabo mediante Tribunales constituidos al efecto, nombrados por el Decano de la Facultad o Director de la Escuela.

Puede consultarse la composición de los tribunales en la web de la Facultad o Escuela responsable de cada titulación

2.- PERMANENCIA.

    Los miembros de la Comunidad Universitaria tienen la responsabilidad de utilizar eficazmente los recursos públicos que aporta la Comunidad Autónoma para atender las necesidades de formación de los alumnos. La Universidad, por su parte, está obligada a proporcionar a los estudiantes los medios necesarios para que reciban una enseñanza de calidad y puedan alcanzar un rendimiento adecuado y los alumnos, a su vez, adquieren el compromiso de realizar una labor intelectual propia de su condición de universitarios con el suficiente aprovechamiento.

2.1.- Requerimientos para la permanencia:

    1. El alumno que se matricule por primera vez en primer curso deberá aprobar, como mínimo, 6 créditos troncales u obligatorios del plan de estudios en el que fue admitido.
    2. Al finalizar el tercer año de matrícula en los estudios de que se trate, el estudiante deberá tener aprobado, como mínimo, el 30% de los créditos troncales y obligatorios correspondientes al primer y segundo curso de este plan de estudios.
    3. Los alumnos que acceden a un segundo ciclo de una titulación procedentes de otra titulación, al finalizar el primer año de matrícula, deberán haber aprobado 6 créditos troncales u obligatorios correspondientes al primer curso del segundo ciclo de este plan de estudios. A estos efectos se considerarán, en su caso, los complementos de formación en los que debe matricularse el alumno.
    4. Los créditos convalidados o adaptados no contabilizarán a los efectos previstos en este artículo salvo que por el volumen de créditos convalidados o adaptados le resten al alumno, para finalizar sus estudios, un mínimo de créditos inferior al establecido en el punto 1.

2.2.- Requisitos de permanencia:

    Para poder continuar sus estudios en la Universidad de La Rioja los estudiantes deberán cumplir los requisitos establecidos en el apartado de rendimientos mínimos y no haber agotado 6 convocatorias.
    No obstante podrán iniciar otros estudios diferentes en la Universidad de La Rioja, con sujeción al procedimiento general de ingreso establecido en la misma.

Admisión en Grados web

2.3.- Procedimiento de solicitud de permanencia:

    Aquellos estudiantes que por razones de enfermedad grave, simultaneidad de trabajo y estudio, maternidad o imposibilidad de matricularse durante alguno de los cursos en el total de los créditos previstos para cada año, debido a la aplicación de la normativa vigente para el plan de estudios, no hayan cumplido los requisitos de permanencia exigidos y deseen continuar los estudios iniciados en la Universidad de La Rioja, podrán solicitar a la Comisión de Permanencia autorización para volver a matricularse en los mismos estudios.

Solicitud de permanencia. Curso 2012/2013

entrega de actas de la convocatoria extraordinaria
5 de julio de 2013

Plazo de solicitud, titulaciones presenciales y en red

10 días a partir del día de la fecha de finalización de la entrega de actas de la convocatoria extraordinaria: del 6 al 17 de julio 2013

Lugar de presentación:

· o en la Oficina del Estudiante (Edificio Quintiliano, C/ La Cigüeña 60, 26004 Logroño)
· o se enviará en pdf a la dirección electrónica oficinaestudiante@unirioja.es antes de las 14 horas del último día del plazo de solicitud
· o conforme a lo indicado en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común [en un Registro Oficial, o bien, en una Oficina de Correos S.A., en sobre abierto y para su envío certificado: en los lugares de presentación se estampará un sello en cada uno de los ejemplares de la solicitud; uno será remitido a la Oficina del Estudiante; el otro le será devuelto sellado a modo de documento justificativo de presentación en plazo].

Documentación a presentar:

. Impreso de solicitud de permanencia
. Documentación justificativa de los motivos alegados en la solicitud.

2.4.-Resoluciones de permanencia, efectos:

    Los estudiantes a los que la Comisión de Permanencia autorice para continuar los mismos estudios deberán matricularse en el plazo que se les indique en la correspondiente resolución.

    Aquellos estudiantes a los que la Comisión de Permanencia les deniegue la posibilidad de continuar matriculándose en los estudios ya iniciados dispondrán de un plazo adicional, del que se les informará, para solicitar la admisión en otros estudios, siempre que éstos tengan plazas vacantes en la fecha en la que se realice la solicitud.

Admisión en Grados web

Oficina del Estudiante
oficinaestudiante@unirioja.es
Última modificación: 24-05-2013 12:48
Acceso y Admisión
Matrícula
· Grado
· Master
· Doctorado
· 1º y 2º ciclos
Calendarios Académicos
Fechas de exámenes
Horarios de clase
Permanencia
Ev. por Compensación
Adelanto de convocatoria en 1º y 2º ciclos
Carnet de estudiante (TIU)
Gestiones del Expediente
Becas, ayudas y premios
Movilidad
Prácticas en Empresas
Trabajo Fin de Estudios
Doctorado
Titulos
Alojamiento y Transporte
Recursos Informáticos
Actividades Deportivas
Extensión, Cultura y Cooperación al Desarrollo
Consejo de Estudiantes
Estatuto del Estudiante Universitario
Sobre este web | © Universidad de La Rioja