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Máster Universitario en Formación del Profesorado, Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas.

MÁSTER UNIVERSITARIO EN PROFESORADO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO, FORMACIÓN PROFESIONAL Y ENSEÑANZAS DE IDIOMAS. - PLAN M01A a M07A.

Enseñanza semipresencial

PRESENTACIÓN

1. ¿En qué consiste el Máster?

Son enseñanzas universitarias oficiales de Máster, con una duración de 60 créditos europeos, a los que se refiere el artículo 5 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, conducentes a conseguir la formación pedagógica y didáctica establecida en  la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), en su artículo 100.2 y su plan de estudios cumple los  requisitos exigidos para la obtención del título de Máster que habilita para el ejercicio de la profesión regulada* de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas.

* Una profesión regulada es aquella actividad o conjunto de actividades profesionales para cuyo acceso, ejercicio o alguna de sus modalidades de ejercicio se exija directa o indirectamente un título y constituyan una profesión en un estado miembro de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, además de Suiza (a estos efectos, el término título abarca cualquier título, certificado u otro diploma o conjunto de ellos, expedido por una autoridad competente en un estado miembro).

Está estructurado de la siguiente manera:

MÓDULO

MATERIA - ASIGNATURA

ECTS

Genérico (13,5 ECTS)

Aprendizaje y desarrollo de la personalidad

4,5

Procesos y contextos educativos

4,5

Sociedad, familia y educación

4,5

Específico (27 ECTS)

Complementos para la formación disciplinar

6

Aprendizaje y Enseñanza de las materias correspondientes a la especialidad

15

Innovación docente e introducción a la investigación educativa

6

Prácticum (19,5 ECTS)

Prácticas en la especialidad

13

Trabajo fin de máster

6,5

Créditos totales

60

2. Justificación y referentes

La aprobación de La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), que establece en sus:

  • Artículo 100.2: que para ejercer la docencia, será necesario estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica que el Gobierno establezca.
  • Artículos del 94 al 98: la formación pedagógica y didáctica habrá de ser de nivel de postgrado.
  • Artículo 100.4: se adaptará al sistema de grados y postgrados del Espacio Europeo de Educación Superior. (Real Decreto 1393/2007, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias).

La Orden ECI/3858/2007 de 27 de diciembre de 2007, fija los requisitos para la verificación de los Títulos Universitarios Oficiales para las profesiones de Profesores de Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, estableciendo:

  • Denominación del Máster (apartado 1.1)
  • Competencias que los estudiantes deben adquirir (apartado 3.)
  • Condiciones de acceso al Máster (apartado 4.2.)
  • Planificación de las enseñanzas, con el plan de estudios distribuido en módulos (apartado 5 y anexo).

El Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato, la Formación Profesional y las Enseñanzas del Régimen Especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de Enseñanza Secundaria. Determinan los requisitos para el ejercicio de la profesión regulada de Profesor de Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, por lo que se plantea la necesidad en nuestra Universidad de diseñar el correspondiente Máster de Profesorado, para cubrir al menos las necesidades iniciales de formación pedagógica y didáctica en la Comunidad de La Rioja del futuro Profesorado de Educación Secundaria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas. Para asegurar la calidad de esta oferta educativa se ha de llevar a cabo una importante tarea de acuerdo y coordinación entre las diferentes instancias de la universidad implicadas en estos estudios (Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado, Vicerrectorado de Planificación y Calidad, Facultades, Departamentos)  junto con la Consejería de Educación del Gobierno de La Rioja y con los centros de Secundaria.

Pretendemos que el Máster que presentamos se inscriba en el marco apropiado para adecuar nuestra oferta a las necesidades de formación inicial de los graduados universitarios que pretendan acceder a la profesión docente en Educación Secundaria.

Queremos conseguir un modelo de formación para los profesionales de la docencia en Educación Secundaria que tenga como referencia las directrices elaboradas por el MEC, que se enmarcan en las orientaciones del Espacio Europeo de Educación Superior.  La Comisión de Plan de Estudios del Máster en Profesorado elaboró la memoria para  la solicitud de verificación de dicho Máster, de acuerdo con la normativa legal anteriormente citada y siguiendo las instrucciones de ANECA para facilitar y homogeneizar esta tarea

3. Centro responsable, dirección de estudios y Comisión de Docencia del Máster

Escuela de Máster y Doctorado (EMYDUR)

Edificio Vives. Despacho 106A
C/ Luis de Ulloa, 2
26004 Logroño, La Rioja

Teléfono: 941 299 621
emydur@unirioja.es

Director de Estudios
Ignacio Gil-Díez Usandizaga
Teléfono: 941 299 310
informacion.masterprofesorado@unirioja.es

Coordinadora de Prácticas
Aurora Martínez Ezquerro
Teléfono: 941 299 404
informacion.masterprofesorado@unirioja.es

Comisión de coordinación y seguimiento

Presidente
Ignacio Gil-Díez Usandizaga

Vocales
Almudena Fernández Fontecha
Javier Ferreiro Cabello
Elena Gómez Eguílaz (estudiante suplente)
Candelario Hervás Cuadra (estudiante)
Clara Jiménez Gestal
Aurora Martínez Ezquerro
Fermín Navaridas Nalda
Rodolfo Salinas Zárate
M.ª del Mar Zurbano Asensio

4. Objetivos

Agrupamos los objetivos del máster en torno a tres grandes ideas:

  • 1. Capacitar a los docentes de secundaria para enseñar, de manera adecuada al nivel y a la formación previa de los estudiantes, las materias de Educación Secundaria correspondientes a la especialidad cursada.
  • 2. Formar a los docentes en habilidades que les permitan actuar profesionalmente como miembros de un equipo docente.
  • 3. Incorporar en su formación aquellos conocimientos académicos,  profesionales de tutoría y orientación que les permitan desarrollar de forma adecuada su labor y les faciliten conseguir una formación integral en sus estudiantes.

Los objetivos anteriores se refieren a la formación profesional y aplicaciones propias del Máster que nos ocupa, pero su logro se ha de llevar a cabo en consonancia con un objetivo general que afecta a todas las titulaciones universitarias, como es transmitir a los estudiantes el respeto y la promoción de:

  • los derechos fundamentales y de igualdad entre hombres y mujeres
  • Los principios de igualdad de oportunidades y accesibilidad universal de las personas con discapacidad
  • los valores democráticos y los que son propios de la cultura de la paz.

Estos objetivos generales de formación en derechos y principios de ciudadanía estarán también presentes en el logro de las competencias generales y específicas del Máster.
Por otra parte, en el ámbito de la investigación, se debería intentar ofrecer al estudiante la posibilidad de seguir una línea de estudio e investigación en el ámbito de la enseñanza y el aprendizaje de las materias de la especialidad cursada. En esta línea planteamos como objetivo incidir en una mejora de los procesos de enseñanza y aprendizaje, a través de la formación investigadora de los profesores. Entendemos la formación docente más allá de una mera aplicación de técnicas o métodos que, además de una formación disciplinar sólida y una formación docente específica, requiere de una capacitación para analizar y comprender con rigor y fundamento los complejos fenómenos del aula. En este sentido, pretendemos que el Máster cumpla una doble finalidad:

1. Iniciar a los estudiantes en una visión de los complejos procesos de enseñanza y aprendizaje que les lleve a un análisis en profundidad de los mismos, permitiendo así el comienzo de su propio desarrollo profesional; pero de otro, y aún más importante,

2. Convertir a los estudiantes en agentes del cambio educativo. En efecto,  la investigación colaborativa que cada uno de los estudiantes desarrollará tanto en su etapa formativa como en su quehacer profesional en su propio centro de trabajo es una de las componentes fundamentales de nuestro programa.

5. Rama de conocimiento

Ciencias Sociales y Jurídicas

6. Modalidad y lengua de impartición

Semipresencial y español.

Enseñanza semipresencial:

Con carácter general, el desarrollo del Máster Universitario en Profesorado, en cualquier universidad española, requiere el cumplimiento de un porcentaje de presencialidad del 80%. La Universidad de La Rioja está autorizada por el Ministerio de Educación para impartir este Máster de forma semipresencial; lo cual supone que la docencia se imparte de manera presencial, telepresencial síncrona y on line, gracias a la implementación de diferentes medios tecnológicos y pedagógicos (aula virtual, chat, etc.). Las prácticas en la especialidad, siguiendo la normativa ministerial, son presenciales en su totalidad.

La exigencia horaria de cada una de las modalidades de docencia, que debe cumplirse, está especificada con antelación al inicio de cada curso en el horario de cada especialidad.

La asistencia con participación y aprovechamiento a las actividades formativas será considerada prueba de evaluación no recuperable, por responder a actividades llevadas a cabo en sesiones presenciales y/o presenciales on line únicas y no repetibles.

7. Número de plazas de nuevo ingreso

175 (25 por especialidad)

8. Requisitos previos para el estudiante. Perfil de ingreso

La normativa vigente por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, establece como condiciones de acceso al Máster la acreditación del dominio de las competencias relativas a la especialización que se desee cursar, mediante la realización de una prueba diseñada al efecto por las universidades, de la que quedarán exentos quienes estén en posesión de alguna de las titulaciones universitarias que se correspondan con la especialización elegida. Asimismo, habrá de acreditarse el dominio de una lengua extranjera equivalente al nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

Conforme establece la normativa que regula el acceso a los másteres habilitantes, quienes soliciten la admisión a este máster estando en posesión de un título de educación superior ajeno al EEES, deberán acreditar la obtención previa de la homologación de dicho título.

Titulaciones de acceso

Cada especialidad tiene definidas titulaciones vinculadas y afines para la admisión. En cada una de las especialidades del Máster, tendrán prioridad de acceso, aquellos estudiantes que hayan cursado el grado de la especialidad  (titulación equivalente), seguido de los de titulaciones afines y finalmente otras titulaciones (más información).

Quienes accedan con una titulación distinta a las establecidas en cada especialidad, han de cumplir alguno de los dos requisitos siguientes:

  • 1. Deberán superar una prueba establecida al efecto, en la que habrán de acreditar las competencias relativas a la especialidad que deseen cursar.
  • 2. Acreditar haber cursado un número de créditos de grado (o equivalente) correspondientes a la especialidad, que a juicio de la Comisión Académica, muestren la adquisición de las competencias relativas a la especialización (en ningún caso será inferior a 60 créditos)

Este Máster tienen un carácter profesionalizante ya que pretende desarrollar competencia para el ejercicio de la docencia y tiene carácter de obligatoriedad para todos aquellos que deseen incorporarse a la docencia en la Enseñanza secundaria Obligatoria, el Bachillerato o la Formación Profesional; sin embargo, no es necesario que cursen este Máster quienes con anterioridad al 1 de octubre de 2009, cumplieran con alguno de los siguientes requisitos:

  • a) Estar en posición del Certificado de Cualificación Pedagógica o del Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP) (Circular MEC 5/11/2009 Archvo PDF).
  • b) Estar en posesión de un título universitario oficial que habilite para el ejercicio de la profesión de Maestro, o de un título de Licenciado en Pedagogía o Psicopedagogía (Circular MEC 5/11/2009 Archvo PDF).
  • c) Haber impartido docencia durante un mínimo de 12 meses en centros públicos o privados de enseñanza reglada, debidamente autorizados, en los niveles y enseñanzas cuyas especialidades docentes se regulan en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre (Circular MEC 5/11/2009 Archvo PDF).
  • d) Tuvieran cursados 180 créditos de los estudios conducentes a la Licenciatura de Pedagogía o Psicopedagogía (Circular MEC 14/7/2010 Archvo PDF).

9. ¿En qué te puedes especializar?

En el Máster se ofrecen las siguientes especialidades

  • Economía
  • Física y Química
  • Geografía e Historia
  • Inglés
  • Lengua Castellana y Literatura
  • Matemáticas
  • Tecnología

10. Criterios de adjudicación de plazas

Admisión general a estudios de máster en la Universidad de La Rioja: https://www.unirioja.es/estudiantes/master/admision.shtml

La adjudicación de plazas se realizará conforme a los siguientes criterios:

  • En primer lugar, se asignarán las plazas a quienes hayan cursado alguna de las titulaciones definidas con el nivel máximo de afinidad al de la especialidad del Máster. Los alumnos se ordenarán de acuerdo con la calificación del expediente.
  • En segundo lugar, las plazas vacantes en la especialidad, si las hubiere, serán asignadas a los alumnos que hayan cursado alguna de las titulaciones definidas con nivel medio de afinidad. Los alumnos se ordenarán de acuerdo con la calificación del expediente.
  • En tercer lugar, podrán optar a las plazas vacantes los alumnos con titulaciones no afines,siempre que acrediten el dominio de las competencias relativas a la especialización que deseen cursar. Esta acreditación se podrá hacer por dos vías:

a) En primer lugar, se asignarán las plazas a quienes acrediten, por resolución de la Comisión Académica de la Universidad de La Rioja, el dominio de las competencias.

b) En segundo lugar, y sólo en caso de quedar plazas vacantes, la UR diseñará una prueba específica para acreditar dicho dominio de competencias. En este caso, los alumnos se ordenarán de acuerdo a la calificación obtenida en la citada prueba. La convocatoria de la misma será anunciada con, al menos, 48 horas de antelación.

11. Perfil de egreso del título

Superados los estudios del Máster de Profesorado en la correspondiente especialidad, los alumnos habrán recibido la formación académica didáctica y pedagógica exigida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) en su artículo 100.2 y regulada por la Orden ECI/3858/2007 de 27 de diciembre de 2007 y cumplen los requisitos para el ejercicio de la profesión regulada de Profesor de Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas (Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre).

Nota sobre la adscripción profesional: el Máster es condición necesaria pero no suficiente para trabajar como profesor de Educación Secundaria. En los centros públicos se requiere superar el correspondiente proceso selectivo. En los centros privados y concertados los requisitos están establecidos en el Real Decreto 860/2010, de 2 de julio, por el que se regulan las condiciones de formación inicial del profesorado de los centros privados para ejercer la docencia en las enseñanzas de educación secundaria obligatoria o de bachillerato (BOE de 17 de julio de 2010).

La formación profesional y las enseñanzas de régimen especial disponen también de otras normativas específicas. Ya que la aplicación de esta normativa puede variar en las diferentes comunidades autónomas, en caso de duda se recomienda consultar con los servicios correspondientes de las administraciones públicas.

12. Salidas profesionales

Dado el carécter profesionalizante del título, las salidas profesionales son fundamentalmente la enseñanza en la Educación Secundaria Obligatoria,  Bachillerato Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas.

13. Acceso a otros estudios superiores

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14. Año de implantación en la Universidad de La Rioja

2009. Modalidad semipresencial desde el curso 2017-2018

Oficina del Estudiante
oficinaestudiante@unirioja.es

Última modificación: 22-05-2023 11:25
Asignaturas y guías docentes
  ··Curso 2023-2024
  ··Curso 2022-2023
  ··Curso 2021-2022
Información académica de interés
Admisión y matrícula
Precios
Dedicación a tiempo parcial
Reconocimiento de créditos
Requisitos de permanencia
Evaluación
Consulta de calificaciones
Becas, ayudas y premios
Prácticas externas extracurriculares
Movilidad
Solicitud del título
Calendario académico
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