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Oficina del Estudiante

RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN ENSEÑANZAS DE GRADO

1. Qué se entiende por Reconocimiento de Créditos
2. Solicitudes para el reconocimiento de créditos ECTS por enseñanzas oficiales.
3. Solicitudes para el reconocimiento de hasta el 15% del total de créditos ECTS del plan de estudios a partir de experiencia profesional o laboral y de enseñanzas universitarias no oficiales.
4. Solicitud de reconocimiento de hasta 6 créditos ECTS por participación en actividades universitarias y/o estudios de idiomas no incluidos en los planes de estudio.
5. Recursos
6. Normativa

1. Qué se entiende por Reconocimiento de Créditos:

1. Se entiende por Reconocimiento la aceptación por parte de la Universidad de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales en la misma u otra universidad, son computados en otras enseñanzas cursadas en nuestra universidad a efectos de la obtención de un título oficial. Asimismo, podrán ser objeto de reconocimiento los créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales o en enseñanzas conducentes a la obtención de otros títulos a los que se refiere el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

La experiencia laboral y profesional acreditada podrá ser también reconocida en forma de créditos que computarán a efectos de la obtención de un título oficial, siempre que dicha experiencia esté relacionada con las competencias inherentes al título.

Según el Real Decreto 1618/2011, de 14 de noviembre sobre reconocimiento de estudios en el ámbito de la Educación Superior, podrán ser objeto de reconocimiento los estudios que conduzcan a la obtención de los siguientes títulos oficiales españoles de educación superior:

a) Los títulos universitarios de graduado.
b) Los títulos de graduado en enseñanzas artísticas.
c) Los títulos de técnico superior de artes plásticas y diseño.
d) Los títulos de técnico superior de formación profesional.
e) Los títulos de técnico deportivo superior.

2. También será objeto de Reconocimiento, hasta un máximo de 6 créditos OPTATIVOS, la formación obtenida por la participación en las siguientes actividades universitarias no incluidas en los planes de estudio:

a)actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación.
b)estudios de idiomas.

2. Reconocimiento de créditos ECTS por enseñanzas oficiales:

Tablas automáticas: RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS POR ADAPTACIÓN DE ESTUDIOS OFICIALES DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA

Plazo: durante el plazo de matrícula

Lugar:

Oficina del Estudiante
edificio Quintiliano-C/ La Cigüeña 60
26004 (Logroño)

Documentación:

+ Solicitud de reconocimiento de créditos por enseñanzas universitarias oficiales cumplimentado cumplimentado y firmado y la documentación justificativa* que figura al dorso del impreso.

* documentación justificativa: los solicitantes que hubieran realizado los estudios a reconocer en la Universidad de La Rioja, estarán exentos de presentar copia de la documentación que ya obre en poder de la Universidad, debiendo indicar en su solicitud esta circunstancia.

Los estudiantes matriculados en titulaciones presenciales o en red que hubieran solicitado convalidación, adaptación o reconocimiento de créditos dispondrán de un plazo de tres días, a partir de la recepción de la notificación de la resolución, para solicitar la modificación de matrícula, con independencia de que interpongan recurso de alzada, en su caso.

3- Solicitud de reconocimiento de hasta el 15% el total de créditos ECTS del plan de estudios a partir de experiencia profesional o laboral y de enseñanzas universitarias no oficiales:

3.1.- Se podrán reconocer créditos en las titulaciones oficiales a partir de la experiencia profesional o laboral adquirida por el estudiante. Para ello será necesario acreditar debidamente que dicha experiencia está relacionada con las competencias inherentes al título oficial en cuestión, y se tendrá en cuenta la adecuación de la actividad laboral y profesional realizada a la capacitación profesional del título. No podrán ser objeto de reconocimiento por experiencia laboral o profesional los créditos correspondientes a trabajos de Fin de Grado o Fin
de Máster.
Además se podrá valorar el carácter público o privado de la actividad desarrollada, el procedimiento de acceso al puesto desempeñado, la duración de la actividad y la dedicación a
la misma en horas/semana. Como norma general, se podrá reconocer 1 ECTS por cada 40 horas de trabajo realizado, lo que equivale a una semana de jornada completa.

3.2.-. Asimismo, se podrán reconocer créditos por actividades de formación realizadas en estudios universitarios no oficiales. Estos créditos se reconocerán teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias obtenidas por el estudiante en dichas actividades de formación y las competencias previstas en el título oficial en el que se quieran reconocer.

3.3.- El número total de créditos reconocidos a partir de experiencia profesional o laboral y de enseñanzas universitarias no oficiales no podrá ser superior, en su conjunto, al 15 por ciento del total de créditos del plan de estudios. El reconocimiento de estos créditos se efectuará en materias que el estudiante no debe cursar y no incorporará calificación de los mismos, por lo que no computarán a efectos de baremación del expediente académico.”

3.4.- Si el estudiante solicita la acreditación de la experiencia laboral y profesional deberá justificarlo de la siguiente forma:
a) Servicios prestados por cuenta ajena:
a.1) Informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina, o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados en el que conste la denominación de la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación.
a.2) Copia de los respectivos contratos de trabajo y prórroga de los mismos, si procede, que acrediten la experiencia laboral y/o certificado de la empresa o empresas en las que haya desarrollado la actividad susceptible de reconocimiento en el conste la duración de los períodos de de prestación de contrato, así como una descripción detallada de la actividad desarrollada,
reflejando competencias adquiridas y desarrolladas en el trabajo.
b) Servicios prestados por cuenta propia:
b.1) Informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina, o de la mutualidad a al que estuvieran afiliados en el que consten los períodos de cotización.
b.2) Memoria en la que conste una descripción detallada de la actividad desarrollada reflejando las competencias adquiridas y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.

Plazo: durante el plazo de matrícula

Lugar:

Oficina del Estudiante
edificio Quintiliano-C/ La Cigüeña 60
26004 (Logroño)

Documentación:

+ Solicitud de reconocimiento de créditos ECTS a partir de experiencia profesional o laboral y de enseñanzas universitarias no oficiales cumplimentada y firmada

+la documentación justificativa de la experiencia laboral y profesional y/o de las actividades de formación realizadas en estudios universitarios no oficiales.

4- Solicitud de reconocimiento de hasta 6 créditos ECTS por participación en actividades universitarias y/o estudios de idiomas no incluidos en los planes de estudio

TABLA DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS POR ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS (Aprobado por la Comisión Académica de la Universidad de La Rioja hasta abril de 2013)

“Criterios para la acreditación de competencias en un idioma extranjero en el curso 2009/2010” (Aprobados por la Comisión Académica en su reunión de 26/1/2010)

Plazo: durante el curso académico:

  • en el curso 2012-2013, el plazo está abierto durante todo el curso (desde el 3 de septiembre de 2012 al 30 de agosto de 2013).

Lugar:

Oficina del Estudiante
edificio Quintiliano-C/ La Cigüeña 60
26004 (Logroño)

Documentación:

+ formulario de reconocimiento de créditos ECTS por participación en actividades universitarias y/o estudios de idiomas no incluidos en los planes de estudio cumplimentado y firmado.

+ documentación justificativa: La documentación a entregar será aquella que justifique que la actividad cumple las Directrices generales exigidas para ello, aprobadas por la Comisión Académica de la Universidad de La Rioja en su reunión de 12/06/10

El número de créditos reconocidos por estas actividades, hasta un máximo de 6, se computarán entre los créditos optativos exigidos en el correspondiente plan de estudios.

Con carácter general, para calcular la equivalencia en créditos de las actividades deberá tenerse en cuenta que un crédito ECT’s exige 25 horas de trabajo del alumno.

5. Recursos:

Contra las resoluciones de las Comisiones Académicas de las Facultades y Escuela, los interesados podrán interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de La Rioja, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999.

6. Normativa:

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA (Aprobada en Consejo de Gobierno de 15/06/2009, modificada en Consejo de Gobierno de 29/07/2009 y de 26/07/2012)

DIRECTRICES GENERALES PARA EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS POR LA PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS CULTURALES, DEPORTIVAS, DE REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL, SOLIDARIAS Y DE COOPERACIÓN HASTA UN MÁXIMO DE 6 CRÉDITOS DEL TOTAL DEL PLAN DE ESTUDIOS CURSADO (Aprobadas por la Comisión Académica en su reunión de 12/06/2010)

“Criterios para la acreditación de competencias en un idioma extranjero" (Aprobados por la Comisión Académica en reunión de 26/1/2010 y 27/04/2012)

Procedimiento de tramitación de las solicitudes para incorporar el reconocimiento de créditos por la experiencia profesional adquirida (Aprobado por la Comisión Académica en su reunión de 10/05/2012).

Procedimiento de tramitación de las solicitudes para incorporar el reconocimiento de créditos por la experiencia profesional adquirida (Modificación aprobada por la Comisión Académica en su reunión de 19/07/2012).

Normas de admisión y matrícula (Curso 2012-13)
Procedimiento de admisión y matrícula (Curso 2012-13)
Calendario de procedimientos administrativos (Curso 2012-13)

Oficina del Estudiante
oficinaestudiante@unirioja.es


Última modificación: 22-04-2013 15:17
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