AYUDAS PUENTE PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN
Subvencionado por el Banco de Santander
Convocatoria 2014
Plazo de presentación de solicitudes:
Hasta el 22 de mayo de 2014
Texto íntegro de la convocatoria
Impreso de solicitud
Resolución nº 282/2014, de 28 de abril, del Rector de la Universidad de La Rioja, por la que se publica la convocatoria de Ayudas Puente para proyectos de investigación de la Universidad de La Rioja. Convocatoria 2014.
La Universidad de La Rioja, a fin de atender las necesidades de mayor urgencia de los equipos de investigación que han participado y no han obtenido financiación en la última convocatoria resuelta del Plan Nacional o en las últimas convocatorias resueltas de Programas Internacionales de I+D+i, publica, dentro del Plan propio de fomento y desarrollo de la investigación 2014, esta convocatoria de Ayudas Puente para proyectos de investigación de la UR. Con estas ayudas, el Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Posgrado intenta evitar, en la medida de lo posible, la paralización de la actividad investigadora de los equipos que no han conseguido captación de recursos externos.
La financiación de esta convocatoria se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 03.05.500I 641.99. La cantidad asignada a esta convocatoria es de 70.000 €. Estas ayudas estarán sujetas a las retenciones de IRPF que la legislación establezca.
1.- Objeto
2.- Destinatarios
3.- Condiciones geneales de la convocatoria
4.- Presentación de solicitudes
5.- Admisión de solicitudes
6.- Resolución
7.- Notificación
8.- Obligaciones de los beneficiarios
1. Objeto 
El objeto de la presente convocatoria es apoyar la actividad investigadora de los equipos de investigación de la UR que no han logrado financiación en la última convocatoria resuelta del Plan Nacional o en las convocatorias resueltas de la última anualidad de Programas Internacionales de I+D+i.
2. Destinatarios 
2.1 Podrán solicitar esta convocatoria los investigadores de la UR que figuren en el Catálogo de Grupos de Investigación de la UR.
2.2 Los solicitantes deberán haber participado, como investigador principal, y no haber obtenido financiación, en la última convocatoria resuelta del Plan Nacional o en las convocatorias resueltas de la última anualidad de Programas Internacionales de I+D+i.
2.3 Los solicitantes deberán haber participado, a su vez, como investigador principal, en la última convocatoria no resuelta del Plan Nacional perteneciente a 2013, o en la última convocatoria no resuelta de Programas Internacionales de I+D+i.
3. Condiciones generales 
3.1 Cada solicitante podrá presentar exclusivamente una solicitud de ayuda en esta convocatoria.
3.2 Los solicitantes deberán concurrir a esta convocatoria con la misma solicitud de proyecto y equipo de investigación que presentaron a la última convocatoria resuelta del Plan Nacional o en las convocatorias resueltas de la última anualidad de Programas Internacionales de I+D+i.
3.3 Las ayudas concedidas son incompatibles con otras ayudas procedentes de proyectos financiados por organismos nacionales o europeos.
3.4 Estos requisitos deberán cumplirse en la fecha de finalización de plazo de presentación de solicitudes.
3.5 Estas ayudas tendrán, como máximo, una duración de un año desde la fecha de la resolución de la concesión.
4. Presentación de solicitudes y documentación 
4.1 El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el tablón de anuncios del edificio Rectorado y en la página web de la Universidad de La Rioja.
4.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de la Universidad de La Rioja (Avenida de la Paz 93. 26006 Logroño) o mediante las formas que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4.3 Los impresos de solicitud, que se encontrarán disponibles en la página web de la Universidad http://www.unirioja.es/plan_propio, se dirigirán, debidamente cumplimentados, al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Posgrado.
El impreso se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones indicadas en el mismo.
4.4 La solicitud irá acompañada de los siguientes documentos:
-
Copia de la solicitud presentada como investigador principal, en la convocatoria a la que hace referencia el apartado 2.2 de estas bases.
-
Copia de la resolución desestimatoria del organismo subvencionador.
4.5 Los investigadores que concurran a esta convocatoria con una solicitud de proyecto presentada al Plan Nacional no será necesario que acompañen los documentos que figuran en el apartado 4.4 de estas bases.
5. Admisión de solicitudes 
5.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Vicerrector de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Posgrado dictará resolución, que aprobará la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas.
Esta resolución se publicará en el Tablón de Anuncios de Investigación del edificio de Rectorado, surtiendo todos los efectos inherentes de la notificación a los interesados. Asimismo, a efectos informativos, dicha lista provisional será publicada en la página web de la Universidad http://www.unirioja.es/plan_propio
5.2 Los interesados cuyas solicitudes hayan resultado excluidas u omitidas dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la citada resolución en el Tablón de Anuncios de Investigación del edificio Rectorado, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, caso de que sea subsanable.
5.3 Los solicitantes a los que hace mención el artículo anterior serán definitivamente excluidos si dentro del plazo señalado no subsanan el defecto que ha motivado su exclusión o alegan la omisión.
Transcurrido el plazo de subsanación, el Vicerrector de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Posgrado dictará resolución en la que aprobará la lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas que se publicará de acuerdo con el procedimiento indicado para la lista provisional.
6.Resoluciòn 
6.1 Corresponderá a la Comisión de Investigación, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria, resolver sobre la concesión y cuantía económica concreta que se asignará a los beneficiarios de estas ayudas, teniendo en cuenta las condiciones generales del apartado 3 y requisitos de la presente convocatoria.
6.2 La distribución de las ayudas se realizará de acuerdo a los siguientes criterios:
- Por presupuesto presentado: 2% del presupuesto correspondiente a la solicitud presentada en la convocatoria a la que hace referencia el apartado 2.2 de estas bases. Máximo 2.500 €.
-
Por número de investigadores de la UR: reparto proporcional al número de EDP correspondiente a investigadores de la UR que figuren en la solicitud a la que hace referencia el apartado 2.2 de estas bases.
6.3 Las cantidades asignadas a las solicitudes se aplicarán, debidamente justificadas, a gastos de ejecución del proyecto.
7. Notificación de las ayudas 
7.1 Estudiadas y valoradas las solicitudes por la Comisión de Investigación, se hará pública, en el Tablón de Anuncios de Investigación del edifico Rectorado, la lista provisional de ayudas concedidas y denegadas. De conformidad con lo expuesto en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la publicación de este listado provisional surtirá todos los efectos inherentes a la notificación a los interesados. Asimismo, a efectos informativos, dicha lista provisional será publicada en la página web de la Universidad http://www.unirioja.es/plan_propio
7.2 Los interesados podrán presentar reclamaciones a la lista provisional en un plazo de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma en el Tablón de Anuncios de Investigación del edificio Rectorado.
7.3 Transcurrido el plazo de reclamaciones, se hará pública, en el Tablón de Anuncios de Investigación del edifico Rectorado, la lista definitiva de ayudas concedidas y denegadas. Este listado definitivo surtirá todos los efectos inherentes de la notificación a los interesados. Asimismo, a efectos informativos, dicha lista definitiva será publicada en la página web de la Universidad http://www.unirioja.es/plan_propio
7.4 Una vez acordado el listado definitivo de las ayudas concedidas, se comunicará a los interesados de forma individual la concesión de la ayuda junto con las condiciones particulares de la misma o, en su caso, la denegación de la ayuda. Dicha comunicación será enviada por correo interno o postal a las direcciones indicadas en la solicitud.
7.5 Contra el acuerdo de la Comisión de Investigación, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la lista definitiva en el Tablón de Anuncios de Investigación del edificio de Rectorado.
8. Obligaciones de los beneficiarios 
8.1 La presentación de la solicitud supone la aceptación de las normas fijadas en esta convocatoria, así como las que los Órganos competentes de la UR establezcan para el adecuado seguimiento económico de las cantidades asignadas.
8.2 Cualquier cambio en el desarrollo del proyecto que afecte a las condiciones de la convocatoria o de la resolución deberá ser comunicado por el investigador principal, a la mayor brevedad posible, al Servicio de Gestión de la Investigación.
8.3 Las cuantías económicas adjudicadas deberán quedar comprometidas en un año desde la resolución de concesión de la ayuda.
Aquellas cantidades que en la fecha mencionada no estuvieran comprometidas pasarán a englobar el remanente genérico del presupuesto de la UR.
8.4 Podrá adquirirse material informático inventariable con cargo a las ayudas concedidas, siempre que tenga vinculación con el proyecto y esté debidamente autorizada por el Servicio Informático.
8.5 Podrá adquirirse bibliografía con cargo a las ayudas concedidas, siempre que tenga vinculación con el proyecto y esté debidamente autorizada por la Biblioteca.
8.6 Todas las referencias en medios de comunicación, congresos, publicaciones, etc., a que den lugar los proyectos objeto de estas ayudas deberán incluir que han sido financiados por la Universidad de La Rioja.
8.7 Los beneficiarios se comprometen a remitir al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Posgrado la información que les sea requerida tanto en el desarrollo de la convocatoria como en la ejecución de las ayudas.
8.8 La eventual ocultación o falseamiento de datos o el incumplimiento de las bases de esta convocatoria conllevará la revocación de la ayuda y el reintegro de las cantidades indebidamente abonadas.
8.9 Finalizado el periodo de ejecución del proyecto y en el plazo de 30 días, el beneficiario deberá elaborar y presentar en el Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Posgrado, una memoria técnica y económica, de acuerdo con el documento establecido al efecto, con el detalle de las actividades realizadas y los gastos efectuados.
Disposición Final 
Contra la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Logroño en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación. No obstante, los interesados podrán optar por interponer un recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de La Rioja, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
El Vicerrector de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Posgrado
P.D. Resolución 712/2012, de 5 de junio (BOR de 22 de junio) modificada por Resolución 54/2014, de 31 de enero (BOR 14 de febrero)
Fdo: Miguel Ángel Rodríguez Barranco
Servicio de Gestión de la Investigación
ginves@adm.unirioja.es
Última modificación:
11-02-2019 13:09
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