En el caso de que se produzca el aislamiento o la cuarentena de personal docente, de estudiantes o de un grupo docente, por la aplicación de los protocolos sanitarios a situaciones concretas, se aplicarán las siguientes medidas para el desarrollo de la actividad docente y de evaluación en el centro afectado, que también deberán contemplarse en el plan de contingencia elaborado por los centros:
1. Aislamiento o cuarentena de personal docente
a) Si el aislamiento o la cuarentena van acompañados de la incapacidad temporal de la profesora o el profesor, será la persona afectada quien notificará la situación al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales (teléfono: 683 595 318) y, como en cualquier otra baja por enfermedad, al Servicio de Personal para la tramitación del parte de baja y al departamento para que este reorganice la docencia y el desarrollo de las pruebas finales de evaluación.
b) Si no se produce una incapacidad temporal, la persona afectada notificará la situación al departamento, al centro y al Servicio de Prevención de Riesgos (teléfono: 683 595 318). La docencia pasará a impartirse en modalidad C con el apoyo, si fuera necesario, del departamento, que velará, asimismo, por el desarrollo de las pruebas finales de evaluación tal como están programadas. No obstante, el departamento responsable podrá disponer la continuación de la docencia en la misma modalidad con los recursos humanos disponibles.
2. Aislamiento o cuarentena de estudiantes
a) Actividad docente: La persona en aislamiento o cuarentena notificará la situación al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales (teléfono: 683 595 318), que le indicará los pasos a seguir, y al profesorado responsable de las asignaturas afectadas. El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales comunicará la situación de confinamiento al centro afectado. La persona afectada será atendida por el profesorado mediante tutorías. Además, el centro, siempre que disponga de los recursos adecuados, propiciará que la persona afectada pueda continuar la actividad docente por medios telemáticos.
b) Pruebas finales de evaluación: En función del nivel de alerta y de la previsión del número de personas que pudieran verse afectadas por situaciones de aislamiento o cuarentena, la Universidad podrá aplicar las siguientes medidas:
i. Si se prevé un número significativo de personas afectadas que debieran realizar una prueba final de evaluación durante el periodo de aislamiento o cuarentena por COVID-19, la Universidad de La Rioja planificará una convocatoria adicional destinada exclusivamente a los estudiantes afectados por una situación de aislamiento o cuarentena que les impida realizar la prueba final en la fecha inicialmente prevista. La convocatoria adicional surtirá los efectos de la convocatoria extraordinaria y la convocatoria extraordinaria será considerada ordinaria para quienes acrediten no haberse podido presentar a la ordinaria por las causas indicadas.
Para hacer uso de la convocatoria adicional o realizar la prueba final de la convocatoria ordinaria en la extraordinaria, la persona afectada por la situación de aislamiento o cuarentena, además de las gestiones que deba realizar ante las autoridades sanitarias, deberá presentar una solicitud mediante el formulario puesto a su disposición en la página web de la Universidad de La Rioja y aportar la documentación justificativa de los requisitos exigidos en el plazo que se determine. Los requisitos de acreditación que han de cumplir los estudiantes para hacer uso de esta convocatoria adicional, así como el procedimiento y los plazos para la gestión de las solicitudes, serán establecidos en las instrucciones que dicte el Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado.
ii. Cuando no se prevea una incidencia significativa, si la persona afectada debe realizar una actividad de evaluación durante el periodo de aislamiento o cuarentena, dicha actividad se retrasará o se realizará por medios telemáticos, previo acuerdo entre la persona afectada y el profesorado responsable. A estos efectos, a la situación de aislamiento o cuarentena debidamente acreditada le será de aplicación lo previsto en el artículo 14.7 del Reglamento de docencia y evaluación del aprendizaje en las asignaturas de grado y máster de la Universidad de La Rioja.
Para acreditar esta situación, la persona afectada aportara justificación documental de la situación de aislamiento o cuarentena en cuanto le sea posible. Se recomienda solicitar el justificante al médico de atención primaria en el momento de ser citado para la prueba diagnóstica u obtenerlo a través de la carpeta del ciudadano en el Servicio Riojano de Salud (Rioja Salud). Si la persona afectada no puede presentar la justificación antes de la prueba, podrá aportarla con posterioridad, tan pronto como la obtenga, siempre antes de la fecha de cierre del acta de la asignatura. .
La persona confinada puede consultar los datos actualizados de contacto del profesorado en la página web su titulación, dentro del apartado de asignaturas y guías docentes, a través del enlace "Ir" situado en la columna "H.Tut" (Horario de tutoría):

También puede acceder a los datos del profesorado responsable en la página de asignaturas, actividades, grupos y modalidad docente.
3. Aislamiento o cuarentena de un grupo docente
a) Actividad docente: El Centro, tras recibir la notificación por parte de las autoridades sanitarias, decidirá si la docencia afectada se imparte en modalidad C o en modalidad B.
b) Pruebas finales de evaluación: Si el grupo docente tiene planificada una actividad de evaluación durante el periodo de confinamiento, se actuará de manera similar a la descrita en el apartado 2.b.
GUÍAS DE APOYO AL PROFESORADO PARA LA EVALUACIÓN VIRTUAL
Puede consultarlas en la pestaña de Normativa y documentos específicos de adaptación a la nueva normalidad.