La guía docente de la asignatura es el documento de referencia para los estudiantes que la cursan y los profesores que la imparten. Está regulada en el capítulo II del Reglamento de Evaluación EUR, en el que se detalla de forma exhaustiva su contenido mínimo, que debe incluir:
Descripción general de la asignatura, con indicación del número de créditos ECTS, grado de presencialidad, carácter, semestre e idiomas en los que se imparte.
Departamento y profesor responsable.
Profesorado previsto para impartirla.
Descripción de contenidos.
Contextualización de la asignatura en el marco de la materia, módulo y titulación.
Requisitos previos, si procede.
Competencias generales, en su caso transversales, y específicas a desarrollar en la asignatura.
Resultados de aprendizaje que se deben alcanzar para la superación de la asignatura.
Temario de la asignatura y bibliografía básica comentada.
Modalidades organizativas y métodos de enseñanza a aplicar para desarrollar las competencias y alcanzar los resultados de aprendizaje previstos.
Descripción de las actividades formativas presenciales y no presenciales con detalle de la dedicación prevista en horas.
Criterios y sistemas de evaluación dirigidos a valorar el progreso académico del estudiante, cuantificando adecuadamente el peso o porcentaje que cada uno de los sistemas tendrá en la calificación final de la asignatura, así como el carácter recuperable o no de éstos.
PERSONAS Y ÓRGANOS QUE INTERVIENEN
El profesor responsable de la asignatura, en colaboración con el conjunto de profesores con docencia en la misma, será el encargado de la elaboración de la guía docente. Para ello deberá atenerse a lo dispuesto en la memoria del título y a lo desarrollado en el plan docente del título a través de la ficha de asignatura. En el caso de implantación de nuevas titulaciones asumirán dicha tarea los Departamentos responsables en colaboración con el resto de Departamentos implicados en la docencia, que habrán de ser consultados.
La coordinación de los trabajos de elaboración de las guías docentes correspondientes a un título es responsabilidad del director de estudios del título. Éste velará por la debida coherencia de lo establecido en el conjunto de guías docentes con la memoria del título y su ajuste a las fichas de asignatura aprobadas en el marco del plan docente. En el caso de implantación de nuevas titulaciones asumirá esta tarea la Comisión del Plan de Estudios hasta el nombramiento del Director de Estudios.
La guía de la asignatura será aprobada por la Junta de Centro previo informe de la Comisión Académica del Centro. En el caso de los títulos de máster universitario, la guía de la asignatura se aprobará por la Comisión Académica de Máster de la EMYDUR.
Finalizada la introducción de las guías docentes en la aplicación informática por los profesores responsables, se cerrará la posibilidad de edición para que los Directores de Estudios puedan revisarlas. Finalizada la revisión, el Director de Estudios podrá solicitar a la Oficina de Profesorado y Planificación la apertura de la edición de aquellas asignaturas que deban ser corregidas o modificadas por los profesores responsables y lo comunicará a éstos.
Una vez terminada la revisión y corrección de las guías docentes se volverá a cerrar la posibilidad de edición para que puedan ser informadas y aprobadas por los órganos competentes del Centro. Tras el acuerdo de la Junta de Centro, el Director de Estudios podrá solicitar a la Oficina de Profesorado y Planificación la apertura de la edición de aquellas asignaturas que deban ser corregidas o modificadas por los profesores responsables y lo comunicará a éstos.
Tras la aprobación y últimas correcciones, se cerrará definitivamente la posibilidad de edición para que la Oficina del Estudiante realice los trabajos necesarios para la publicación de las guías docentes en la página web. Las guías docentes deberán estar publicadas en la web de la universidad antes de la apertura del periodo ordinario de matrícula de cada curso académico. Se realizarán dos publicaciones adicionales para actualizar las contrataciones y nombramientos de profesorado.
Las fichas y guías docentes de los planes de estudios interuniversitarios sólo se actualizarán en la aplicación informática cuando la Universidad de La Rioja sea responsable del título. En caso contrario, las guías docentes se publicarán en la página web de la Universidad responsable y, en la página de la Universidad de La Rioja correspondiente a los estudios afectados, se publicará el catálogo de asignaturas y un enlace a la página web de la Universidad responsable.
CALENDARIO GUÍAS DOCENTES
Actividad
Plazo
3ª Fase: Guías docentes
Del 23 de marzo de 2016 al 31 de enero de 2017
Revisión y actualización de las guías docentes por los profesores responsables.
Del 23 de marzo al 25 de abril de 2016
Cierre de la edición de guías en la aplicación para revisión por Directores.
25 de abril de 2016 (14 h)
Revisión de guías por los Directores de Estudios.
Del 26 de abril al 12 de mayo de 2016
Corrección de guías tras la revisión por Directores, previa apertura selectiva de las guías solicitadas.
Del 13 al 19 de mayo de 2016
Cierre de la edición de guías en la aplicación para informe y aprobación.
19 de mayo de 2016 (14 h)
Informe de la Comisión Académica y aprobación por la Junta del Centro, para títulos de Grado, o aprobación por la Comisión Académica de Máster de la EMYDUR, para títulos de Máster Universitario.
Del 20 al 30 de mayo de 2016
Corrección de guías conforme al acuerdo de aprobación, previa apertura selectiva de las guías solicitadas.
Del 31 de mayo al 3 de junio de 2016
Cierre definitivo de la edición de las guías docentes en la aplicación.
3 de junio de 2016 (14 h)
1.ª Publicación de guías docentes.
13 de junio de 2016
2.ª Publicación de guías docentes (actualización de contrataciones).
12 de septiembre de 2016
3.ª Publicación de guías docentes (actualización de contrataciones).