AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN DENTRO DEL PROGRAMA DE ESTANCIAS EN EL EXTRANJERO Y BOLSAS DE VIAJE DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA.
Convocatoria 2012
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acciones generales
ACCIONES DEL PROGRAMA
Acción I - Estancias anuales
Duración: En esta acción se incluyen las estancias que tengan una duración de un
año. Excepcionalmente, se admitirán solicitudes para estancias inferiores a los 12
meses, aunque, en todo caso, habrán de ser superiores a 9 meses (circunstancia
que se hará constar en el apartado "Observaciones" del impreso de solicitud).
Requisitos: Ser permanente docente de la UR, con grado de doctor y una
antigüedad mínima de un año en el momento de presentación de la solicitud.
Haber presentado solicitud previa para la misma estancia de las convocatorias
nacionales para la movilidad del profesorado, en su caso.
Ayuda: La UR garantizará hasta un 80% del sueldo, y cubrirá la sustitución del
beneficiario hasta el 75% de la carga docente que tenga asignada.
Acción II - Estancias semestrales
Duración: En esta acción se incluyen estancias que tengan una duración de seis a
nueve meses. Excepcionalmente podrá solicitarse ayuda para un período inferior a
estos seis meses, que, en todo caso, habrá de ser superior a cuatro meses
(circunstancia que se hará constar en el apartado Observaciones" del impreso de
solicitud).
Requisitos: Ser permanente docente de la UR, con grado de doctor y una
antigüedad mínima de un año en el momento de presentación de la solicitud.
Haber presentado solicitud previa para la misma estancia de las convocatorias
nacionales para la movilidad del profesorado, en su caso.
Ayuda: La UR garantizará hasta un 80 % del sueldo, y cubrirá la sustitución del
beneficiario hasta un 40 % de la carga docente anual que tenga asignada.
Acción III - Bolsas de ayuda para otras estancias
Duración: En esta acción se incluyen estancias que tengan lugar durante un período
mínimo de dos meses y un máximo de seis meses, excepto en el caso de Ayudantes
en las que el período máximo podrá ser de un año.
Requisitos: Los colectivos que podrán solicitar este tipo de ayuda son:
a.- Permanentes docentes de la UR, sin grado de doctor y con una antigüedad
mínima de un año en el momento de presentar la correspondiente solicitud.
b.- Personal docente no permanente de la UR, a tiempo completo con una
antigüedad mínima de un año en el momento de presentación de la solicitud.
Ayuda: La ayuda cubrirá:
- Funcionarios. El sueldo íntegro en estancias de duración inferior a tres
meses, de acuerdo con lo establecido en el real decreto 898/1985 de 30 de abril
sobre el régimen de profesorado universitario, y hasta el 80% del mismo en
estancias de duración igual o superior a tres meses.
- Personal docente no funcionario. El sueldo íntegro en estancias de duración igual o inferior a tres meses y hasta el 80% del mismo en estancias de duración
superior a tres meses.
Así mismo, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, estas ayudas
tendrán una bolsa de viaje cuya cuantía definitiva será fijada por el Vicerrectorado de
Investigación, oída la Comisión de Investigación.
Estas ayudas serán compatibles con otros tipos de ayuda, siempre que el total de
las recibidas para el mismo fin no sobrepase el 100 % de los gastos realizados.
En el caso de que el solicitante sea un Ayudante, teniendo en cuenta de que se trata
de profesores en formación, la UR cubrirá la sustitución de la carga docente del
beneficiario hasta un máximo de 9 créditos. En ningún otro caso se considerará la
contratación de profesorado adicional para realizar la sustitución del beneficiario,
cuya carga docente será asumida por el resto de miembros del área de
conocimiento.
Disposición Final
Contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector de la
Universidad de La Rioja, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su
publicación en el tablón de anuncios del edificio Rectorado.
Servicio de Gestión de la Investigación
ginves@adm.unirioja.es
Última modificación:
25-05-2012 14:54
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