BOLSAS DE VIAJES PARA LA PRESENTACIÓN DE COMUNICACIONES Y PONENCIAS EN CONGRESOS.
Convocatoria 2012
Plazo de presentación de solicitudes:
15 dias desde la finalización del congreso.
Texto completo de la convocatoria
Impreso de solicitud
Impreso de solicitud
1. - Objeto
2. - Destinatarios
3. - Condiciones Generales
4. - Formalización y presentación de solicitudes
5. - Resolución
6. - Anticipo
7. - Obligaciones
1. Objeto 
La presente convocatoria tiene por objeto incrementar la participación de los
investigadores de la Universidad de La Rioja en las reuniones científicas y
congresos científicos nacionales e internacionales, como foro privilegiado de
discusión e intercambio de conocimientos con otros grupos de investigación.
La financiación de esta convocatoria se efectuará con cargo a la aplicación
presupuestaria 0301 500I 481.03. El presupuesto total para estas ayudas es de
35.000 € y estarán sujetas a las retenciones de IRPF que la legislación establezca.
2.Destinatarios 
2.1 Podrán optar a estas ayudas el Personal Docente e Investigador de la UR que
pertenece a un Grupo de Investigación del Catálogo de Grupos de Investigación de
la UR 2012 y todos aquellos que cumpliendo los requisitos de la normativa de
Grupos de Investigación de la UR puedan incorporarse a los mismos en la
convocatoria correspondiente, mientras se mantenga la relación contractual o
estatutaria con la UR.
2.2 Deberán tener formalmente aceptada una ponencia o comunicación en un
congreso científico en el que el solicitante conste como firmante. Este requisito
deberá cumplirse en la fecha de solicitud.
3. Condiciones generales 
3.1 La presente convocatoria tiene carácter abierto. El abono de los gastos se hará
con posterioridad a la celebración del congreso y tras la presentación de la
documentación acreditativa.
3.2 Si se va a solicitar anticipo de gastos, la solicitud deberá presentarse con una
antelación mínima de 40 días a la fecha de celebración del evento.
3.3 Cada investigador podrá disfrutar de una sola ayuda por año.
3.4 Solamente se podrá solicitar una ayuda por investigador y ponencia o
comunicación presentada.
3.5 Estas ayudas son compatibles con cualquier otra que pueda recibir el solicitante
siempre que la cuantía global percibida por todas ellas no supere, en ningún caso, el
total de los gastos ocasionados.
3.6 La cuantía de la ayuda en conceptos de desplazamiento y alojamiento se
ajustará a lo establecido por la legislación vigente.
4. Formalización y presentación de solicitudes 
4.1 Los impresos de solicitud, que se cumplimentarán de acuerdo con las
instrucciones indicadas en el mismo, estarán disponibles en el Servicio de Gestión
de la Investigación o en la página web de la Universidad de La Rioja y se dirigirán al
Vicerrectorado de Investigación.
La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de la Universidad
de La Rioja (Avenida de la Paz 93. 26006 Logroño) o mediante las formas que
establece el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4.2 La solicitud de la ayuda, con la documentación justificativa indicada en el
impreso, se deberá presentar en el plazo máximo de los 15 días siguientes a la
celebración del congreso.
5. Resolución 
5.1 El Vicerrectorado de Investigación, de acuerdo con los criterios establecidos por
la Comisión de Investigación, resolverá la concesión o no concesión de la ayuda y,
en su caso, la cuantía de la misma. Contra dicha Resolución podrá interponerse
recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de La Rioja en el plazo de un
mes contado desde el día siguiente al de la notificación de la Resolución.
5.2 El importe de la ayuda no será superior al 35% de los gastos de inscripción, 35%
de los gastos de alojamiento y 35 % de los gastos de desplazamiento.
5.3 Las cuantías justificadas y no cubiertas por la ayuda solicitada con cargo a esta
convocatoria, podrán imputarse, con la autorización del responsable del gasto, a un
proyecto de investigación.
5.4 En ningún caso, el importe de la ayuda podrá ser superior a 1.000 euros si el
evento se celebra fuera de España y de 500 euros si se celebra en España.
5.5 La resolución de concesión de la ayuda quedará condicionada a la existencia de
crédito adecuado y suficiente en el momento en que ésta se produzca.
5.6 Se comunicará al responsable del gasto la cantidad no cubierta por la ayuda e
imputada a su proyecto de investigación, a fin de facilitar el control del gasto.
6. Anticipo 
6.1 El solicitante de la ayuda tendrá la posibilidad de pedir un anticipo, que se
realizará de acuerdo con la cuantía solicitada.
6.2 El beneficiario deberá justificar la cuantía percibida en los 15 días siguientes a la
finalización del congreso o reunión científica. Una vez presentada la justificación, se
realizará la liquidación de la ayuda, viniendo obligado el beneficiario a reintegrar la
cuantía percibida y no justificada.
6.3 Si la justificación mencionada en el apartado anterior se presenta fuera de plazo
será motivo de denegación de la ayuda solicitada con cargo a esta convocatoria.
6.4 Para poder acceder al referido adelanto, la solicitud habrá de ir necesariamente
acompañada de la carta de aceptación de la comunicación o ponencia en la que se
especifique el carácter nacional o internacional del congreso y la autorización de
Comisión de Servicios a que se refiere el Anexo 4.2 de Reglamento Regulador de
las Indemnizaciones por razón de Servicio de los Presupuestos de la UR para 2012.
7. Obligaciones 
7.1 Los beneficiarios deberán acreditar en el plazo de 15 días desde la finalización
del congreso o de la reunión científica la presentación efectiva de la comunicación o
ponencia, mediante certificación firmada por el responsable del congreso.
7.2 En el citado plazo de 15 días deberá presentar los justificantes de los gastos
correspondientes. Si esta justificación se presenta fuera de plazo será motivo de
denegación de la ayuda solicitada con cargo a esta convocatoria.
7.3 A efectos de cierre de ejercicio presupuestario, los justificantes de gastos
deberán presentarse en todo caso antes del 20 de diciembre de 2012.
No obstante, en caso de que el congreso o reunión científica se celebre entre el 15
y el 31 de diciembre de 2012, deberá notificarlo antes del 19 de diciembre de 2012 al
Servicio de Gestión de Investigación para que su justificación de gastos pueda con
carácter excepcional entrar en el ejercicio de 2012.
Disposición Final
Contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector de la
Universidad de La Rioja, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su
publicación en el tablón de anuncios del edificio Rectorado.
Última modificación:
11-09-2012 11:03
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