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Investigación

BOLSAS DE VIAJES PARA LA PRESENTACIÓN DE COMUNICACIONES Y PONENCIAS EN CONGRESOS.

Convocatoria 2012

Plazo de presentación de solicitudes:
15 dias desde la finalización del congreso.

Texto completo de la convocatoria
Impreso de solicitud
Impreso de solicitud

1. - Objeto
2. - Destinatarios
3. - Condiciones Generales
4. - Formalización y presentación de solicitudes
5. - Resolución
6. - Anticipo
7. - Obligaciones

1. Objeto Subir
La presente convocatoria tiene por objeto incrementar la participación de los investigadores de la Universidad de La Rioja en las reuniones científicas y congresos científicos nacionales e internacionales, como foro privilegiado de
discusión e intercambio de conocimientos con otros grupos de investigación.
La financiación de esta convocatoria se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 0301 500I 481.03. El presupuesto total para estas ayudas es de 35.000 € y estarán sujetas a las retenciones de IRPF que la legislación establezca.

2.Destinatarios Subir
2.1 Podrán optar a estas ayudas el Personal Docente e Investigador de la UR que pertenece a un Grupo de Investigación del Catálogo de Grupos de Investigación de
la UR 2012 y todos aquellos que cumpliendo los requisitos de la normativa de Grupos de Investigación de la UR puedan incorporarse a los mismos en la convocatoria correspondiente, mientras se mantenga la relación contractual o
estatutaria con la UR.

2.2 Deberán tener formalmente aceptada una ponencia o comunicación en un congreso científico en el que el solicitante conste como firmante. Este requisito deberá cumplirse en la fecha de solicitud.

3. Condiciones generales Subir
3.1 La presente convocatoria tiene carácter abierto. El abono de los gastos se hará con posterioridad a la celebración del congreso y tras la presentación de la documentación acreditativa.

3.2 Si se va a solicitar anticipo de gastos, la solicitud deberá presentarse con una antelación mínima de 40 días a la fecha de celebración del evento.

3.3 Cada investigador podrá disfrutar de una sola ayuda por año. 3.4 Solamente se podrá solicitar una ayuda por investigador y ponencia o comunicación presentada.

3.5 Estas ayudas son compatibles con cualquier otra que pueda recibir el solicitante siempre que la cuantía global percibida por todas ellas no supere, en ningún caso, el
total de los gastos ocasionados.

3.6 La cuantía de la ayuda en conceptos de desplazamiento y alojamiento se ajustará a lo establecido por la legislación vigente.

4. Formalización y presentación de solicitudes Subir
4.1 Los impresos de solicitud, que se cumplimentarán de acuerdo con las instrucciones indicadas en el mismo, estarán disponibles en el Servicio de Gestión de la Investigación o en la página web de la Universidad de La Rioja y se dirigirán al
Vicerrectorado de Investigación. La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de la Universidad de La Rioja (Avenida de la Paz 93. 26006 Logroño) o mediante las formas que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.2 La solicitud de la ayuda, con la documentación justificativa indicada en el impreso, se deberá presentar en el plazo máximo de los 15 días siguientes a la celebración del congreso.

5. Resolución Subir
5.1 El Vicerrectorado de Investigación, de acuerdo con los criterios establecidos por la Comisión de Investigación, resolverá la concesión o no concesión de la ayuda y,
en su caso, la cuantía de la misma. Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de La Rioja en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación de la Resolución.

5.2 El importe de la ayuda no será superior al 35% de los gastos de inscripción, 35% de los gastos de alojamiento y 35 % de los gastos de desplazamiento.

5.3 Las cuantías justificadas y no cubiertas por la ayuda solicitada con cargo a esta convocatoria, podrán imputarse, con la autorización del responsable del gasto, a un
proyecto de investigación.

5.4 En ningún caso, el importe de la ayuda podrá ser superior a 1.000 euros si el evento se celebra fuera de España y de 500 euros si se celebra en España.

5.5 La resolución de concesión de la ayuda quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento en que ésta se produzca.

5.6 Se comunicará al responsable del gasto la cantidad no cubierta por la ayuda e imputada a su proyecto de investigación, a fin de facilitar el control del gasto.

6. Anticipo Subir
6.1 El solicitante de la ayuda tendrá la posibilidad de pedir un anticipo, que se realizará de acuerdo con la cuantía solicitada.

6.2 El beneficiario deberá justificar la cuantía percibida en los 15 días siguientes a la finalización del congreso o reunión científica. Una vez presentada la justificación, se
realizará la liquidación de la ayuda, viniendo obligado el beneficiario a reintegrar la cuantía percibida y no justificada.

6.3 Si la justificación mencionada en el apartado anterior se presenta fuera de plazo será motivo de denegación de la ayuda solicitada con cargo a esta convocatoria.

6.4 Para poder acceder al referido adelanto, la solicitud habrá de ir necesariamente acompañada de la carta de aceptación de la comunicación o ponencia en la que se especifique el carácter nacional o internacional del congreso y la autorización de Comisión de Servicios a que se refiere el Anexo 4.2 de Reglamento Regulador de las Indemnizaciones por razón de Servicio de los Presupuestos de la UR para 2012.

7. Obligaciones Subir
7.1 Los beneficiarios deberán acreditar en el plazo de 15 días desde la finalización del congreso o de la reunión científica la presentación efectiva de la comunicación o ponencia, mediante certificación firmada por el responsable del congreso.

7.2 En el citado plazo de 15 días deberá presentar los justificantes de los gastos correspondientes. Si esta justificación se presenta fuera de plazo será motivo de
denegación de la ayuda solicitada con cargo a esta convocatoria.

7.3 A efectos de cierre de ejercicio presupuestario, los justificantes de gastos deberán presentarse en todo caso antes del 20 de diciembre de 2012. No obstante, en caso de que el congreso o reunión científica se celebre entre el 15
y el 31 de diciembre de 2012, deberá notificarlo antes del 19 de diciembre de 2012 al Servicio de Gestión de Investigación para que su justificación de gastos pueda con carácter excepcional entrar en el ejercicio de 2012.

Disposición Final
Contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de La Rioja, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios del edificio Rectorado.

Servicio de Gestión de la Investigación
ginves@adm.unirioja.es


Última modificación: 11-09-2012 11:03
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