CONTRATOS MENORES
Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal.
Nota informativa: A partir del 9 de marzo de 2018, fecha de la entrada en vigor de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la actividad contractual de la Universidad de La Rioja, realizada de acuerdo a la citada normativa, se difundirá a través de la Plataforma de Contratación del Gobierno de la Rioja, accediendo a la misma en el siguiente enlace:
Plataforma de Contratación del Gobierno de La Rioja
Relación trimestral de contratos menores (Ejercicio 2020):
- Primer trimestre
- Segundo trimestre
- Tercer trimestre
- Cuarto trimestre
Relación trimestral de contratos menores (Ejercicio 2021):
- Primer trimestre
- Segundo trimestre
- Tercer trimestre
- Cuarto trimestre
Rectificación de relación trimestral de contratos menores (Ejercicio 2021):
- Primer trimestre
- Segundo trimestre
- Tercer trimestre
- Cuarto trimestre
Servicio de Contratación, Compras y Patrimonio
contratacion@unirioja.es
Última modificación:
02-12-2022 14:09
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