DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera
La Universidad de La Rioja se compromete a
impulsar medidas que permitan la contratación
de lectores en el marco de la legislación vigente.
Las bases retributivas de referencia, en los términos
establecidos en el artículo 41 del presente convenio,
serían, para la figura de los lectores, las que
seguidamente se detallan.
Categoría |
Porcentaje retributivo |
Figura de referencia |
Lector |
90% |
TEU |
Segunda
A los efectos previstos en el artículo
44.2, la Universidad de La Rioja se compromete a alcanzar
los acuerdos que procedan para realizar la correspondiente
evaluación durante la vigencia del presente Convenio.
Tercera
El personal englobado en el ámbito subjetivo
del presente convenio tendrá derecho a las prestaciones
por acción social de la Universidad de La Rioja
en los términos establecidos en la normativa
reguladora de acción social.
Cuarta
La Universidad de La Rioja se compromete a
la elaboración de un Plan de funcionarización
para profesores con contrato laboral indefinido a tiempo
completo sobre la base del presacuerdo de 7 de mayo
de 2008.
Servicio de Gestión de Personal
y Retribuciones
s.personal@adm.unirioja.es
Última modificación:
02-05-2018 12:09
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