ARTÍCULO 41 - BASES RETRIBUTIVAS
DE REFERENCIA
Se define la base de referencia como la suma del sueldo base, el complemento de destino
y la componente general del complemento específico
en cómputo anual (14 pagas) para los diferentes
cuerpos docentes universitarios.
Para cada categoría de PDI laboral la suma del
sueldo base, el complemento de destino y el componente
general del complemento laboral específico en
cómputo anual se calcularán como un porcentaje
de la base de referencia, de acuerdo con la siguiente
tabla:
Categoría |
Porcentaje retributivo |
Figura de referencia |
Ayudante |
66,50% |
TU |
Ayudante Doctor |
87,50% |
TU |
Contratado Interino |
81,25% |
TU |
Colaborador I |
80,25% |
TU |
Colaborador II |
89% |
TU |
Contratado Doctor I |
100% |
TU |
Contratado Doctor II |
90% |
CU |
Las retribuciones de los Ayudantes serán superiores
al importe que se establezca para el Personal Investigador
en Formación (PIF).
Servicio de Gestión de Personal
y Retribuciones
s.personal@adm.unirioja.es
Última modificación:
02-05-2018 12:09
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