ARTÍCULO 16 - ORGANIZACIÓN
DEL TRABAJO
Corresponde a la Universidad de
La Rioja el ejercicio del poder de dirección
y la organización de la actividad profesional
y del trabajo, de conformidad con lo dispuesto en la
legislación aplicable y sin perjuicio de los
derechos y facultades que corresponden a los representantes
del personal.
Servicio de Gestión de Personal
y Retribuciones
s.personal@adm.unirioja.es
Última modificación:
02-05-2018 12:09
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