AYUDAS PARA LA ORGANIZACIÓN DE CONFERENCIAS Y SEMINARIOS DE INVESTIGACIÓN.
Convocatoria 2013
Plazo de presentación de solicitudes:
Hasta el 6 de mayo de 2013
Texto completo de la convocatoria
Impreso de solicitud
Con el fin de estimular actividades complementarias de investigación, la Universidad de La Rioja establece un programa de ayudas, para la cofinanciación de conferencias, que impulse la visita a la UR de profesores y científicos de reconocido prestigio de otros centros de investigación que impartan conferencias de nivel elevado, dirigidas a estudiantes de los últimos cursos de grado, máster y doctorado, así como al personal investigador en general.
La puesta en marcha de esta acción pretende ampliar las capacidades investigadoras y profesionales de nuestros estudiantes, así como aumentar la formación del PDI.
A la vista de todo ello, se incorpora al Plan propio de fomento y desarrollo de la investigación la presente convocatoria.
La financiación de esta convocatoria se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 0340 500I 226.62. La cantidad asignada a esta convocatoria de 7.000 €. Estas ayudas estarán sujetas a las retenciones de IRPF que la legislación establezca.
1. - Objeto
2. - Destinatarios
3. - Presentación de solicitudes y documentación
4. - Distribución de las ayudas
5. - Resolución
6. - Justificación y pago de las ayudas
7. - Obligaciones
1. Objeto 
El objeto de esta convocatoria es apoyar en la UR la organización de conferencias y seminarios de investigación y transferencia de resultados de la investigación, con conferenciantes de reconocido prestigio de otros centros de investigación.
2.Destinatarios 
Podrán solicitar estas ayudas el Personal Docente e Investigador de la Universidad de La Rioja y el personal investigador del Instituto de las Ciencias de la Vid y el Vino.
3. Presentación de solicitudes y documetación 
3.1 El plazo de presentación de solicitudes se abrirá con la publicación de la convocatoria y finalizará el 6 de mayo de 2013. Dichas solicitudes reflejarán las conferencias que se prevean programar hasta el 15 de diciembre de 2013.
Asimismo, se podrán solicitar ayudas para las conferencias o seminarios realizados desde el día 1 de enero de 2013 hasta la publicación de la presente convocatoria.
La convocatoria será publicada en el tablón de anuncios del edificio Rectorado y en la página web de la Universidad de La Rioja.
3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de la Universidad de La Rioja (Avenida de la Paz 93. 26006 Logroño) o mediante las formas que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.3 Los impresos de solicitud, que se encontrarán disponibles en la página web de la Universidad http://www.unirioja.es/servicios/sgib/investigacion/impresos.shtml, se dirigirán, debidamente cumplimentados, al Vicerrectorado de Investigación y Trasferencia del Conocimiento.
El impreso se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones indicadas en el mismo.
3.4 Las solicitudes deberán ir firmadas por el investigador responsable que organiza la conferencia o seminario y por el Director del Departamento correspondiente y del ICVV, en su caso.
3.5 Las solicitudes se presentarán, sin necesidad de documentación adjunta, debidamente cumplimentadas en todos sus apartados.
3.6 Si la solicitud no reuniera todos los datos o requisitos exigidos, se requerirá al solicitante para que en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre.
4. Distribución de las ayudas 
Los recursos asignados a esta convocatoria son de 7.000 euros (siete mil euros).
5. Resolución 
El Vicerrectorado de Investigación y Transferencia del Conocimiento, de acuerdo con los criterios elaborados por la Comisión de Investigación, resolverá la concesión o no concesión de la ayuda y la cuantía de la misma. Contra dicha resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de La Rioja en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación de la misma.
6. Justificación y pago de las ayudas 
6.1 Celebrada la conferencia y para el pago de la ayuda, el solicitante, investigador responsable, deberá presentar en el Servicio de Gestión de la Investigación el documento ‘Declaración responsable de realización de la conferencia’ que se encontrará disponible en el propio Servicio o en la página web de la Universidad de La Rioja http://www.unirioja.es/servicios/sgib/investigacion/impresos.shtml
6.2 Asimismo, con el impreso ‘Declaración responsable de realización de la conferencia’, se presentarán los documentos contables para la justificación de los gastos adicionales concedidos, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 462/2002 sobre indemnizaciones por razón del servicio.
6.3 Una vez presentados y comprobados los documentos de las bases de esta convocatoria 6.1 y 6.2, se realizará el pago de la ayuda.
6.4 En el caso de profesores extranjeros con permiso de residencia en España, para aplicarles los acuerdos de doble imposición, deberán presentar el certificado de residencia fiscal. De no presentar dicho documento se retendrá el porcentaje correspondiente al IRPF de la asignación al conferenciante.
7. Obligaciones 
7.1 La presentación de la solicitud supone la aceptación de las bases establecidas en esta convocatoria.
7.2 Con carácter inmediato a la finalización de la conferencia, el solicitante, responsable de investigación, deberá presentar en el Servicio de Gestión de la Investigación los documentos que se citan en las bases 6.1 y 6.2 de esta convocatoria, así como el resto de documentación y justificantes.
En el caso de conferencias realizadas entre el 1 de enero de 2013 y la publicación de esta convocatoria, y solicitadas en el plazo establecido, una vez concedida, el solicitante deberá presentar la documentación que se cita en el párrafo anterior.
7.3 En la difusión de la conferencia, deberá figurar que se realiza con la colaboración del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia del Conocimiento de la Universidad de La Rioja.
7.4 En el caso de no celebrarse la conferencia o seminario, el solicitante de la ayuda deberá comunicarlo al Servicio de Gestión de la Investigación.
Disposición Final
Contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector de la
Universidad de La Rioja, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su
publicación en el tablón de anuncios del edificio Rectorado.
Logroño, 16 de abril de 2013
El Vicerrector de Investigación y Transferencia del Conocimiento
Fdo: Javier Tardáguila Laso
Última modificación:
23-04-2013 19:16
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