Revista Electrónica del Departamento de Derecho de la Universidad de La Rioja (REDUR)
Instrucciones de funcionamiento aprobadas el 28 de febrero de 2002
Las
nuevas tecnologías tienen cada día una mayor presencia en la vida
universitaria y, en particular, en la actividad académica de la
Universidad de La Rioja no sólo como instrumento docente sino también
como vehículo de intercambio de la labor investigadora de los profesores.
El Departamento de Derecho no puede permanecer ajeno a este hecho y debe
incorporar los medios informáticos al quehacer docente e investigador.
En
este contexto, parece oportuno que desde la dirección del Departamento se
impulse la puesta en marcha de una Revista Electrónica en la que tanto
los miembros del Departamento de Derecho como todo el que así lo desee,
pueda encontrar un instrumento más en el que poder dar a conocer sus
publicaciones. En definitiva, un instrumento más al servicio de la
docencia, un foro abierto de debate científico y una «carta de
presentación» del Departamento de Derecho de la Universidad de La Rioja
hacia el exterior.
Título I. DE LA REDUR
Artículo
1.- Denominación.- El
Departamento de Derecho edita en soporte electrónico y con periodicidad
anual una Revista sobre estudios jurídicos denominada Revista Electrónica
del Departamento de Derecho de la Universidad de La Rioja (REDUR).
Artículo
2.- Estructura.- La REDUR está
estructurada en torno a tres apartados. El primero de carácter monográfico,
el segundo de miscelánea y el tercero denominado el rincón del
estudiante.
Artículo
3.- Participación.- Todo
el personal docente e investigador del Departamento de Derecho puede
remitir contribuciones al REDUR. También puede hacerlo el personal
docente e investigador de otros departamentos de la Universidad de La
Rioja y de otras Universidades.
Los
alumnos de los últimos años de licenciatura y doctorado que quieran
contribuir en la REDUR necesitan que su trabajo venga avalado con
el visto bueno de un Profesor del Departamento de Derecho.
Artículo
4.- Finalidad.- La REDUR se presenta como un instrumento docente más al servicio de los miembros del Departamento de Derecho y en beneficio de los alumnos de licenciatura y doctorado, así como un foro académico de debate científico en el que
dar a conocer los resultados de los trabajos de investigación realizados por los miembros del Departamento.
Título
II. DEL CONSEJO DE REDACCIÓN
Artículo
5.- Composición.- El Consejo de redacción
está compuesto por un Director (Director de Departamento o persona en
quien éste delegue), un Secretario (Secretario del Departamento o persona
en quien éste delegue) y catorce vocales que serán responsables de las
áreas de conocimiento del Departamento de Derecho o personas en quien éstos
deleguen.
Artículo
6.- Funcionamiento.- El
Consejo de redacción se reunirá, al menos, una vez por año a
convocatoria del Director.
Artículo
7.- Competencias.- Son funciones del
Consejo de redacción:
a)
Designar el tema objeto de tratamiento monográfico en cada uno de los números
de la REDUR.
b)
La selección de trabajos que serán objeto de publicación en la REDUR,
incluidos los trabajos presentados por estudiantes de licenciatura o
doctorado.
c)
La distribución de las contribuiciones entre los distintos apartados de
la REDUR.
d)
Resolver cuantas incidencias puedan ir surgiendo con el propósito de
garantizar el buen funcionamiento de la REDUR.
Título III. DEL ENVÍO Y SELECCIÓN DE ORIGINALES Y NORMAS DE ESTILO
Normas modificadas y sustituidas por acuerdo de 29 de diciembre de 2007:
Normas de envío y selección de originales
Normas de estilo
Disposición
Transitoria.- El número 0 de la REDUR
tiene previsto su edición en mayo de 2002 y no respetará la
estructura en apartados de la citada Revista. Se elaborará con aquellas
contribuciones que el personal docente e investigador, así como los
alumnos del Departamento de Derecho de la Universidad de La Rioja remitan
para su publicación sobre el tema que consideren de interés jurídico.
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