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ISSN 1695-078X
 
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Normas de publicación
Revista Electrónica del Departamento de Derecho de la Universidad de La Rioja (REDUR)

Instrucciones de funcionamiento aprobadas el 28 de febrero de 2002

Las nuevas tecnologías tienen cada día una mayor presencia en la vida universitaria y, en particular, en la actividad académica de la Universidad de La Rioja no sólo como instrumento docente sino también como vehículo de intercambio de la labor investigadora de los profesores. El Departamento de Derecho no puede permanecer ajeno a este hecho y debe incorporar los medios informáticos al quehacer docente e investigador.

En este contexto, parece oportuno que desde la dirección del Departamento se impulse la puesta en marcha de una Revista Electrónica en la que tanto los miembros del Departamento de Derecho como todo el que así lo desee, pueda encontrar un instrumento más en el que poder dar a conocer sus publicaciones. En definitiva, un instrumento más al servicio de la docencia, un foro abierto de debate científico y una «carta de presentación» del Departamento de Derecho de la Universidad de La Rioja hacia el exterior.

 

Título I. DE LA REDUR

Artículo 1.- Denominación.- El Departamento de Derecho edita en soporte electrónico y con periodicidad anual una Revista sobre estudios jurídicos denominada Revista Electrónica del Departamento de Derecho de la Universidad de La Rioja (REDUR).

Artículo 2.- Estructura.- La REDUR está estructurada en torno a tres apartados. El primero de carácter monográfico, el segundo de miscelánea y el tercero denominado el rincón del estudiante.

Artículo 3.- Participación.- Todo el personal docente e investigador del Departamento de Derecho puede remitir contribuciones al REDUR. También puede hacerlo el personal docente e investigador de otros departamentos de la Universidad de La Rioja y de otras Universidades.

Los alumnos de los últimos años de licenciatura y doctorado que quieran contribuir en la REDUR necesitan que su trabajo venga avalado con el visto bueno de un Profesor del Departamento de Derecho.

Artículo 4.- Finalidad.- La REDUR se presenta como un instrumento docente más al servicio de los miembros del Departamento de Derecho y en beneficio de los alumnos de licenciatura y doctorado, así como un foro académico de debate científico en el que dar a conocer los resultados de los trabajos de investigación realizados por los miembros del Departamento.

 

Título II. DEL CONSEJO DE REDACCIÓN

Artículo 5.- Composición.- El Consejo de redacción está compuesto por un Director (Director de Departamento o persona en quien éste delegue), un Secretario (Secretario del Departamento o persona en quien éste delegue) y catorce vocales que serán responsables de las áreas de conocimiento del Departamento de Derecho o personas en quien éstos deleguen.

Artículo 6.- Funcionamiento.- El Consejo de redacción se reunirá, al menos, una vez por año a convocatoria del Director.

Artículo 7.- Competencias.- Son funciones del Consejo de redacción:

a) Designar el tema objeto de tratamiento monográfico en cada uno de los números de la REDUR.

b) La selección de trabajos que serán objeto de publicación en la REDUR, incluidos los trabajos presentados por estudiantes de licenciatura o doctorado.

c) La distribución de las contribuiciones entre los distintos apartados de la REDUR.

d) Resolver cuantas incidencias puedan ir surgiendo con el propósito de garantizar el buen funcionamiento de la REDUR.

 

Título III. DEL ENVÍO Y SELECCIÓN DE ORIGINALES Y NORMAS DE ESTILO

Normas modificadas y sustituidas por acuerdo de 29 de diciembre de 2007:

        Normas de envío y selección de originales

        Normas de estilo

 

Disposición Transitoria.- El número 0 de la REDUR tiene previsto su edición en mayo de 2002 y no respetará la estructura en apartados de la citada Revista. Se elaborará con aquellas contribuciones que el personal docente e investigador, así como los alumnos del Departamento de Derecho de la Universidad de La Rioja remitan para su publicación sobre el tema que consideren de interés jurídico.

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