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ARTÍCULO 32 - PERMISOS Y LICENCIAS
POR ESTUDIOS PARA REALIZAR ACTIVIDADES DOCENTES O INVESTIGADORAS
El personal docente e investigador
laboral de la Universidad de La Rioja tendrá
derecho a obtener los permisos y licencias que se contemplan
en la legislación vigente y las previstas en
la normativa de licencias y permisos de la Universidad
de La Rioja para el profesorado de los Cuerpos Docentes
Universitarios. En ningún caso la concesión
del permiso o licencia supondrá modificación
de la Relación de Puestos de Trabajo del profesorado
en el Departamento al que pertenezca el solicitante.
Al profesorado con vínculo temporal le será
aplicable, en cuanto sea adecuado a la naturaleza de
su condición, el régimen general de permisos
y licencias referido en el párrafo anterior.
Servicio de Gestión de Personal
y Retribuciones
s.personal@adm.unirioja.es
Última modificación:
29-04-2009 11:56
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