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GRUPOS DE INVESTIGACIÓN
El artículo 40.2 de la Ley Orgánica de
Universidades (LOU) y el artículo 168.5 de los
Estatutos de la Universidad de La Rioja establecen que,
sin perjuicio de la libre investigación individual,
la investigación se llevará a cabo, principalmente,
en Grupos de Investigación,
reconocidos por la Universidad, en Departamentos e Institutos
Universitarios de Investigación.
Se entiende por "Grupo de Investigación"
(GI) cualquier conjunto de docentes e investigadores
de la Universidad de La Rioja o de sus Institutos Universitarios de Investigación propios, mixtos, o interuniversitarios con intereses comunes
en la creación y/o desarrollo de una o varias líneas de investigación.
Todos los miembros del GI deberán pertenecer
a un Departamento o a un Instituto propio, mixto o interuniversitario de la Universidad de La Rioja.
Departamento de Ciencias Humanas
dpto.dch@unirioja.es
Última modificación:
26-02-2013 15:04
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