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Aprobado por el Consejo de Gobierno de la UR
Reglamento de creación de empresas de base tecnológica

28 de julio de 2011
El Consejo de Gobierno de la UR aprueba el Reglamento de creación de empresas de base tecnológica.

El Reglamento de creación de empresas de base tecnológica dispone de cuatro capítulos y dieciséis artículos más dos disposiciones con los que la UR pretenden ofrecer seguridad jurídica, un marco estable para la creación de este tipo de iniciativas, así como facilitar la gestión de los proyectos y evitar la realización de documentos.

Las empresas de base tecnológica -también conocidas con el anglicismo spin-off- están llamadas a ser uno de los motores en la transferencia de conocimiento en el país, que junto a la docencia y la investigación son las tres misiones que la LOU fija para las universidades.

Estas empresas de base tecnológica (EBT) basan su actividad en las aplicaciones de resultados científicos o tecnológicos obtenidos a través de la investigación y el conocimiento, es decir, dirigidas a la generación de nuevos productos, procesos o servicios. Impulsadas por investigadores o la propia Universidad.

A ésta le corresponde establecer los medios e instrumentos para facilitar la prestación de este servicio social, fundamentalmente, por parte del personal docente e investigador. La Universidad de La Rioja considera que este proceso se inserta entre sus competencias con la sociedad, pues la transferencia de conocimiento es complementaria de su función docente e investigadora; lo que ha motivado la aprobación de este reglamento.

El Reglamento de creación de empresas de base tecnológica establece el procedimiento de creación de estas empresas, que pueden ser promovidas por la UR tanto a iniciativa propia como de emprendedores miembros de la comunidad universitaria. Estos deberán cursar la solicitud de creación de una EBT al Vicerrectorado de Investigación con un breve plan de negocios, recursos iniciales disponibles y características del equipo emprendedor, así como de los resultados de la investigación que se van a explotar.

La Universidad de La Rioja, que prevé el cobro de royalties por el uso de sus recursos y bienes así como una participación mínima del 5% en su capital social, dará su aprobación definitiva a las solicitudes de creación de EBTs a través del Consejo Social a propuesta del Consejo de Gobierno, con informe del Servicio de Asesoría Jurídica y del Servicio de Control Interno.

El reglamento establece que la Universidad de La Rioja podrá contribuir a las actividades de las empresas de base tecnológica ya sea participando directamente o a través de empresas en las que posea un porcentaje mayoritario en el capital social; o concediendo licencias de patentes o cualquier otro título que permita la explotación, mediante remuneración, de derechos de propiedad industrial o de propiedad intelectual.

Por otra parte, el reglamento regula las obligaciones de las EBTs o el uso de la marca «Empresas de Base Tecnológica de la Universidad de La Rioja», entre otros puntos.

El Gobierno de La Rioja y la UR promueven desde 2009 el Programa de creación de empresas basadas en la investigación y el conocimiento (CEBICUR), que fomenta la cultura emprendedora y la creación de spin-off universitarias, y que cuenta con la colaboración de Bancaja.

En otro orden de asuntos, el máximo órgano ejecutivo del campus ha elevado al Consejo Social la propuesta de asignación de incentivos individuales de su profesorado, que este órgano de participación de la sociedad en la UR.

comunicacion@adm.unirioja.es

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